El Vigésimo Segundo Tribunal Colegiado del Estado de Querétaro desechó la existencia de errores procesales en el caso de Dafne Mcpherson Veloz, acusada de homicidio calificado por un presunto aborto ocurrido en la tienda Liverpool donde trabajaba, por lo que los magistrados determinaron que la Sala Penal deberá desahogar pruebas en el sentido del estado de salud y el estado psicológico de Dafne durante el hecho, y la acusada permanecerá recluida en el Cereso de San Juan del Río.

Este viernes se realizó la audiencia para resolver el Amparo directo 183/2017 promovido por la defensa de Dafne Mcpherson, con el que pretendían la libertad de la acusada, al señalar fallas procesales, así como la actuación sin perspectiva de género durante el juzgamiento.

La audiencia duró cerca de 40 minutos, a la cual asistieron los padres de Dafne Macpherson e integrantes de Asociaciones civiles pro derechos de las mujeres, así como los abogados defensores; en el desahogo, la Magistrada María del Pilar Núñez González, ponente del asunto, aseguró que no hubo violaciones al Código Nacional de Procedimientos Penales, no obstante se otorgaría el amparo a Dafne Mcpherson para que la Sala Penal del Poder Judicial del Estado de Querétaro aclare algunos puntos.

En su exposición, la Magistrada refirió que hubo aspectos de juzgamiento sin perspectiva de género, sin embargo dijo que en el proceso no quedó despejado el estado físico y psicológico de Dafne al momento del parto fortuito, dado que no se presentaron elementos como los expedientes clínico y laboral de la acusada, con lo cual se establecería la muerte de la bebé.

“La concesión del amparo involucra que la sala se allegue de las pruebas necesarias para esclarecer la muerte de la bebé. Se tiene que tomar en cuenta los expedientes clínico y laboral”, expresó la magistrada, por lo que Dafne Macpherson no fue liberada, pese a que era la exigencia de la defensa legal.

Irán ante la SCJN. Respecto a la resolución, Carla Michelle Salas, presidenta del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia e integrante de la defensa de Dafne Macpherson, lamentó la decisión de los magistrados, a quienes acusó de haber ponderado la perspectiva de género en su discurso, sin embargo el amparo no fue concedido bajo ese marco, además de que la decisión no se ajusta a lo establecido por el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, sobre todo en el principio de presunción de inocencia.

“Nos preocupa gravemente esta situación porque no ordena la reposición del juicio completo, lo que permitiría a la defensa presentar mayores pruebas que, incluso, establecieran que la responsabilidad penal no solo tuvo que ver con Dafne, sino con personas que cometieron una serie de irregularidades… A diferencia de lo que ocurre en otros casos, donde lo que prevalece es la presunción de inocencia y lo que corresponde es absolver, aquí lo que ha determinado el Tribunal es que ante la duda hay que aclarar y eso obviamente implica que una mujer siga injustamente encarcelada no sabemos por cuánto tiempo”, afirmó.

La abogada consideró que el Tribunal hizo un análisis equivocado de lo que implica la perspectiva de género, pues enfatizaron en el hecho de que la bebé nació o no con vida, lo que no fue cuestionado por la defensa, sino las fallas en el procedimiento, así como el juzgamiento bajo preceptos morales, lo cual quedó manifiesto cuando el fiscal comparó a Dafne con una perra y que la Magistrada ni siquiera mencionó en su análisis.

En ese sentido, el abogado defensor de Dafne, Aureliano Hernández, advirtió que evaluarán la posibilidad de llevar el caso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en razón de que persiste el problema de interpretación constitucional, además de que no existe una reposición completa del proceso, sino de solo un par de aspectos que no cambiarían la sentencia emitida contra de Dafne.

Agregó que en próximas fechas determinarán el procedimiento a realizar, pues el objetivo es lograr la libertad de Dafne Mcpherson.

“Vamos a analizar la posibilidad de acudir a la Suprema Corte previo a que se dé el engrose de la sentencia por parte del Colegiado que es contradictoria e insuficiente, se dejaron analizar aspectos que se hicieron valer por la quejosa”, afirmó.

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