El artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe los monopolios, pero también establece las situaciones en las que se autorizarán los monopolios temporales, entre las que encontramos la propiedad intelectual, donde se ubican las Marcas.

La protección de marcas es un aspecto esencial del Derecho Corporativo que garantiza a los emprendedores y empresarios el uso exclusivo de sus signos distintivos, fortaleciendo su competitividad y evitando conflictos legales. En México, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es la autoridad encargada de regular el registro de marcas, conforme a la Ley de la Propiedad Industrial y Tratados Internacionales como el Convenio de París y el Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas.

Proteger la marca es un desafío si consideramos que la tecnología no es amigable, el acceso es complejo y los clasificadores que se utilizan llevan a cometer equivocaciones y desafíos como la falta de conocimiento sobre el proceso, los costos asociados y las consecuencias derivadas de dichas faltas, que ponen en riesgo sus derechos, negocio, servicios e inversión.

El registro de marcas en México está regulado por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPI), que establece los requisitos y procedimientos para obtener el derecho exclusivo sobre un signo distintivo.

Para la realización del registro se deben acreditar varios filtros, como son el examen de forma y de fondo, que, en caso de resultar negativos se requiere al solicitante para su corrección o cumplimiento. Existen incluso negativas ante las solicitudes, que provienen de errores humanos cometidos por el personal del IMPI, que no derivan de equivocaciones en la solicitud, clasificación o forma.

El proceso tiene retos adicionales, como son las tarifas, el tiempo, la falta de conocimiento especializado o incluso el desconocimiento de los requisitos que llevan a los emprendimientos a no concluir su proceso y continuar con su negocio, empresa o producto sin la protección requerida.

En Querétaro, una ciudad con crecimiento económico acelerado, en sectores como tecnología, aeronáutica y gastronomía se cuenta con marcas conocidas, marcas arraigadas e incluso tradicionales, que no cuentan con un registro vigente de sus signos distintivos, si bien el proceso de registro en el IMPI puede ser complejo, garantiza derechos exclusivos que previenen infracciones y fortalecen la competitividad de los negocios.

Querétaro se encuentra a nivel nacional dentro de las 10 entidades federativas con mayor número de solicitudes de registro de marcas, lo que implica que existe un mayor interés en proteger la imagen corporativa, pero muchos de los procedimientos se abandonan o los solicitantes se desisten derivado de los requerimientos, lo que impacta de manera negativa en la generación de inversión y empleos.

La protección de marcas no solo es un derecho, sino una oportunidad para construir negocios sólidos y sostenibles en un mercado competitivo.

dra.lopez13@gmail.com

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