La persona que causó la muerte a un hombre en el jardín Guerrero ya está en prisión, se estableció un periodo de tres meses para desahogar el caso, informó María Consuelo Rosillo Garfías, magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia.

Explicó que, por ahora, ellos tienen identificado el caso como un homicidio simple intencional cuya pena va de los siete a los 15 años de prisión; sin embargo, la Fiscalía General del Estado plantea presentar el caso como un homicidio en riña, lo que baja la gravedad del caso.

“Se vinculó a proceso, se dieron tres meses para investigación complementaria, obviamente con prisión preventiva oficiosa; estamos hablando de una figura que la Fiscalía está señalando, si la acusación viene como homicidio en riña corroboraríamos los cinco años de prisión por la naturaleza del hecho”, señaló.

El homicidio se registró el martes 8 de mayo en el jardín Guerrero, del Centro Histórico de la capital, producto de una riña entre dos hombres adultos. De acuerdo con la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, una de las personas fue herido con arma blanca.

Con el reporte a la línea de emergencias 911 se logró identificar al presunto responsable, quien fue detenido y puesto a disposición de la Fiscalía, también le fue asegurado un cuchillo.

La magistrada explicó que en una riña los participantes están en la disposición de contender, con las consecuencias que ello conlleva, es por eso que la gravedad es menor.

“Cualquiera de los dos pudo haber caído lesionado, con lesiones de naturaleza grave con la pérdida de la vida, tanto uno como otro podría haber tenido ese fatal resultado; hasta este momento lo tenemos como homicidio simple intencional, si así lo presenta la Fiscalía, la pena es de siete a 15 años”, informó.

El artículo 132 del Código Penal del Estado de Querétaro describe que “la riña es la contienda de obra o la agresión física de una parte y la disposición material para contender de la otra, cualquiera que sea el número de contendientes, cuando actúen con el propósito de dañarse recíprocamente”.

Continúa señalando que “al responsable de homicidio o lesiones en riña, se le impondrá hasta la mitad de la pena de prisión señalada para el delito simple, si se trata del provocador, y hasta la tercera parte en el caso del provocado”.

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