Los contribuyentes que estuvieron registrados en el Régimen Intermedio, fueron trasladados de manera automática al Régimen General desde el primero de enero de este año, sin embargo, tienen la posibilidad de integrarse al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y obtener los beneficios de dicha modalidad, aseguró el delegado en Querétaro de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), Francisco Ceballos Alba.

Para ser parte del RIF, es necesario que las personas interesadas envíen un aviso por escrito ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) antes del 31 de enero próximo, de lo contrario tendrán que asumir las responsabilidades correspondientes al régimen general, comentó.

Entre los beneficios que recibirán las personas físicas que se encuentren bajo el RIF, está la exención del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) durante 2014, y a partir de 2015 se les aplicará un aumento de 10% anual, hasta que en un plazo de 10 años tengan que pagar el 100% de ISR, indicó.

Los contribuyentes que sólo hagan facturas al público en general y no expidan facturas a sus clientes, también podrán verse beneficiados al no pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) por este año, ya que para 2015 dichos gravámenes deberán ser pagados, dijo el funcionario.

Cabe destacar que para tener acceso a estos estímulos fiscales, los registrados ante el RIF tendrán que realizar todas sus declaraciones de manera bimestral, aun cuando se declaren en “ceros”, de lo contrario tendrán que pagar todos los impuestos.

Ceballos Alba destacó que en el caso de los contribuyentes que tengan que expedir facturas, sólo podrán accesar a la exención del ISR.

Con el fin de apoyar en las modificaciones a los regímenes fiscales, y para que la gente los entienda de una manera más clara, la Prodecon inició una serie de acercamientos con grupos de comerciantes para asesorarlos sobre los nuevos requisitos que implica estar en el RIF.

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