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A partir del 1 de enero, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) puso en marcha el nuevo Sistema Arbitral en Materia Financiera, para resolver las controversias de los usuarios de servicios financieros, informó la Comisión.

Este sistema está conformado por el Registro de Ofertas Públicas, en el cual las instituciones financieras inscribirán, por lo menos, tres productos o servicios financieros que al existir una controversia, deberán someterse al arbitraje de la Condusef.

La Comisión explicó que cuando un usuario y una entidad financiera no lleguen a un acuerdo de intereses en la etapa conciliatoria, el conciliador consultará el Registro de Ofertas Públicas e informará al usuario que la controversia se podrá resolver a través del arbitraje de la Condusef.

“Al someterse a dicho procedimiento, el cual se llevará a cabo en las delegaciones de la comisión, las partes deberán elegir el trámite del mismo de una manera amigable o en estricto derecho”, explicó la Condusef, en un comunicado.

Para resolver las controversias, se contará con la ayuda del Comité Arbitral Especializado constituido por un órgano colegiado que tiene como función aprobar el laudo o resolución propuesto por la Condusef.

También se contará con el apoyo de un Registro de Árbitros Independientes, en el cual los especialistas en alguna materia financiera solicitarán su inscripción a la Condusef.

Las resoluciones del organismo sobre las controversias se darán a conocer mediante un laudo que será aprobado por el Comité Arbitral Especializado.

“El comité arbitral especializado podrá estar constituido por la autoridad, por árbitros independientes o por ambos, es decir, podrá ser mixto. Y el tipo de comité será seleccionado por la entidad financiera para dar certeza de parcialidad y justicia”, indicó la Condusef.

A los productos o servicios financieros que sean inscritos en el Registro de Ofertas Públicas se les otorgará un distintivo, el cual deberá incluirse en los diversos documentos de la entidad financiera para distinguir que lo que se contrata, en caso de una controversia, puede ser arbitrado de esta manera.

La Condusef aclaró que el usuario tendrá el beneficio de que en todo momento su arbitraje será sin costo, salvo los gastos propios del procedimiento como podrían ser los honorarios de peritos.

Estas nuevas atribuciones de la Condusef derivaron de la reforma financiera que entró en vigor en enero de 2014, la cual dotó al organismo regulador y supervisor de facultades para poner en marcha el nuevo sistema arbitral en materia financiera.

Para obtener más datos del nuevo sistema, los usuarios pueden ingresar a www.condusef.gob.mx.

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