El Pleno de la 61 Legislatura de Querétaro aprobó nuevamente la Ley de Identidad de Género, luego de atender las observaciones realizadas por el gobernador Mauricio Kuri González; el dictamen fue avalado por mayoría, con 15 votos a favor y 10 en contra.

Afuera del recinto legislativo activistas festejaron la aprobación de la nueva ley.

Las modificaciones fueron analizadas por la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030, después de que el Ejecutivo estatal enviara sus observaciones al Congreso. El dictamen señala que los cambios realizados buscan atender aspectos técnicos y administrativos, sin eliminar el reconocimiento de la identidad de género autopercibida.

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FOTO. FERNANDO CAMACHO
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La reforma establece un procedimiento ante la Dirección Estatal del Registro Civil para que una persona pueda solicitar la corrección de su nombre y del dato de sexo-género en sus documentos oficiales. El registro podrá establecerse como femenino, masculino o no binario, de acuerdo con la identidad con la que se reconozca la persona.

Para realizar el trámite no podrán exigirse cirugías, tratamientos hormonales o médicos, terapias, diagnósticos ni estudios psicológicos o psiquiátricos. La solicitud deberá basarse en el consentimiento libre e informado de la persona interesada.

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Uno de los cambios incluidos en el nuevo dictamen establece que el procedimiento será únicamente para personas mayores de edad, de nacionalidad mexicana y con un acta de nacimiento registrada en alguna entidad del país.

El documento señala de manera expresa que los menores de edad no podrán solicitar esta rectificación, ni directamente ni a través de sus representantes legales. El trámite será personal y deberá realizarse directamente por la persona interesada. Entre los requisitos se contempla presentar una solicitud por escrito, copia certificada del acta de nacimiento y una identificación oficial vigente.

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Una vez integrada la solicitud, el Registro Civil tendrá un plazo de 10 días hábiles para emitir una resolución. En caso de que sea aprobada, se realizará la modificación correspondiente y, cuando se trate de un acta registrada en Querétaro, se podrá levantar una nueva acta de nacimiento.

La reforma también establece medidas para proteger la privacidad de quienes realicen el procedimiento. El acta de nacimiento original quedará reservada.

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