La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de Querétaro ha turnado cuatro casos laborales a la comisión nacional en esta materia, debido a que los diputados locales no han “armonizado” u homologado la ley federal con la local, indicó el ombudsman Miguel Nava Alvarado.

El 10 de julio de 2011 se reformó la ley federal de derechos humanos, la cual faculta a las comisiones locales a conocer sobre asuntos laborales, siempre y cuando involucren a instituciones o funcionarios públicos, estatales o municipales.

En el acuerdo legislativo, también se emitió un plazo de 365 días a partir del 11 de julio de 2011 para que los legisladores locales empataran la nueva ley federal de derechos humanos en su respectiva entidad.

No obstante, un año y nueve meses después de reformada la ley en esta materia, en Querétaro no se ha legislado.

Por lo anterior, el titular de la CEDH invitó a los diputados de la LVII legislatura a trabajar en la conformación de esta ley, para que la CEDH pueda conocer y resolver de asuntos laborales.

“No existe a nivel local, porque el legislador queretano no ha reformado la ley de derechos humanos. Hay que preguntarles a los legisladores queretanos: ¿cuándo piensan armonizar la ley de Querétaro en cuestión de la reforma federal en materia de derechos humanos?”, cuestionó Miguel Nava Alvarado.

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El ombudsman explicó que cuando se recibe un caso en materia laboral, la CEDH lo turna a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por incompetencia, debido a que no se ha legislado en la materia o por tratarse de alguna instancia federal.

La ley vigente indica que los casos que lleguen a la CEDH que involucren a funcionarios o dependencias federales son competencia exclusivamente de la CNDH.

“Nosotros podríamos conocer de quejas que tengan un origen laboral, pero que de manera intermedia exista una autoridad municipal y estatal. Nosotros no tenemos competencia para quejas federales”, dijo.

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Asimismo, señaló que la ley que rige al órgano estatal no tiene competencia para tratar asuntos relacionados con instituciones privadas en materia laboral, es decir, sólo los que involucren a funcionarios públicos municipales o estatales, porque así lo establece la ley.

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