El 6 de septiembre de 2023 pasa a la historia del derecho mexicano. A un día del aniversario de que el pleno de la SCJN resolviera la acción de inconstitucionalidad 148/2017 en materia de aborto, la y los ministros de la 1ª Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvieron el Amparo en Revisión 267/2023 interpuesto por la organización feminista GIRE.

En un voto unánime, la 1ª Sala declaró la invalidez de los Artículos 331 y 332 del Código Penal Federal, que tipificaban el aborto como delito. La Sala concluyó que el contenido de esos artículos viola diversos derechos humanos de mujeres reconocidos en la Constitución Federal.

Esta decisión resulta muy relevante porque, además de prohibir (en el ámbito federal) el castigo a las mujeres que eligen interrumpir su embarazo, también impide sancionar al personal de salud que realice los procedimientos médicos necesarios para concretar la interrupción voluntaria del embarazo.

En su sentencia, la 1ª Sala aplicó las perspectiva de género e interseccionalidad, para determinar que el tipo penal de aborto violenta el reconocimiento de la capacidad jurídica de mujeres a decidir, libre de injerencias sociales y del Estado, aquello que es mejor para su proyecto de vida.

La decisión además reconoce que el tipo penal de aborto contiene una grave carga discriminatoria y estigmatizadora contra las mujeres. Por tanto, la penalización del aborto voluntario tiene un impacto negativo en sus derechos a la libertad sexual y reproductiva, a la dignidad, autonomía, libre desarrollo de la personalidad, igualdad jurídica y a la salud mental y física.

Esta decisión representa un gran avance en el camino del respeto, protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres; sin embargo falta mucho por hacer.

El Congreso de la Unión debe realizar todas las acciones legislativas necesarias en el Código Penal Federal y en la Ley General de Salud para que las mujeres que decidan interrumpir su embarazo lo puedan hacer en condiciones óptimas. Para ello deberán asignar el presupuesto para la capacitación del personal y adecuación de las instalaciones del sector salud federal.

Queda pendiente reformar la normatividad estatal de más de la mitad de los estados de la República para dar certeza jurídica a las mujeres que viven en entidades federativas que se rehúsan a reconocer el derecho a decidir con libertad sobre sus cuerpos.

La Legislatura de Querétaro debe dejar su conducta omisa y regresiva, violatoria de derechos humanos y cumplir con su obligación de armonizar el Código Penal para obedecer el mandato constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres desde una postura progresiva, libre de prejuicios, estereotipos, dogmas personales o posturas partidistas anacrónicas.

En tanto esto no ocurra, Querétaro continuará siendo un estado donde los derechos de las mujeres son violentados por las y los responsables de hacer las leyes.

Google News