El 25 de mayo, Mauricio Kuri "veto" la Ley de Identidad de Género, aprobada por la Legislatura queretana. El mandatario, bajo el argumento de que la ley "va en contra de los valores, la educación y la integridad de las familias queretanas”, la regreso al legislativo con observaciones.
La crítica más fuerte hacia el "veto" del Gobernador es que su razonamiento se sustentó en sus creencias personales y no en aportes científicos y jurídicos. Aquí comparto mi postura basada en investigaciones publicadas en revistas especializadas y el enfoque basado en derechos humanos.
De acuerdo con Stephen Russel y su equipo de trabajo, el uso del nombre elegido se relaciona directamente con una disminución de la depresión, la ansiedad y el comportamiento suicida entre personas transgénero y no binarias. El estudio concluye que, para las personas trans que eligen un nombre diferente al que se les dio al nacer, el uso de el nombre elegido afirma su identidad de género y reduce los riesgos para la salud física y mental.
Por otro lado un artículo publicado por Jonah DeChants et al., examina la relación entre el acceso a documentos concordantes con la identidad autopercibida y los intentos de suicidio entre personas transgénero. El estudio encontró que el deseo de actualizar los documentos pero no poder hacerlo debido a trabas jurídicas se asocia con más intentos de suicidio en comparación con las personas que sí habían podido actualizar sus documentos. La investigación concluyó que actualizar el nombre y género en documentos legales contribuye a reducir el riesgo de suicidio entre las personas transgénero y no binarias, especialmente en jóvenes.
Por parte la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de la Opinión Consultiva OC-24/17, estableció que la identidad de género y la orientación sexual son categorías protegidas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En este sentido la CoIDH estableció que los Estados deben abstenerse de realizar acciones que de cualquier manera vayan dirigidas, directa o indirectamente, a crear situaciones de discriminación o que, bajo su tolerancia o aquiescencia, creen, mantengan o favorezcan las situaciones discriminatorias.
Así mismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido el derecho a la identidad de género como un derecho humano fundamental, derivado del libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana, por tanto, todas las autoridades en el ámbito de su competencia deben garantizar, proteger y respetar el derecho de las personas trans al cambio de nombre y género en sus actas de nacimiento y documentos de identidad mediante un trámite administrativo expedito, sencillo, gratuito y basado en la autopercepción, sin necesidad de juicios largos, pruebas médicas o psicológicas.
Como gobernador, Mauricio Kuri tiene derecho a elegir libremente sus creencias personales, pero no tiene derecho a oponerse a los derechos humanos.
Maricruz Ocampo
























