En lo que va del año 19 mujeres han sido asesinadas en Querétaro, informó el procurador de Justicia, Arsenio Durán Becerra, algunos de esos casos están tratando de clasificarse como feminicidios.

“Tenemos personas femeninas que han fallecido, no propiamente por feminicidio, tenemos 19 casos de mujeres de los que evidentemente cada uno tiene su propia catalogación, y en algunos de ellos se ha ejercitado acción penal por el delito de feminicidio”, declaró.

En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer invitó a ese sector a denunciar cualquier maltrato.

Expuso que la violencia contra las mujeres no debe normalizarse, ni ser vista como parte de la cultura de las sociedades.

Llegar a un homicidio por razón de género, de acuerdo con expertos, puede comenzar con violencia sicológica o física, es por ello que se hace énfasis en la cultura de la denuncia que debe radicarse en la sociedad para frenar estos casos.

“Es violencia física, sicológica, en ocasiones se combinan y en ocasiones lo que tiene que ver con violencia económica; es una problemática también que en algunas ocasiones se denuncia, en otras no se denuncia, tenemos que seguir trabajando muy arduamente para que las mujeres se animen a presentar estas denuncias”, afirmó.

“[La violencia] no es algo que deba de suceder, no es una situación normal, no es una situación de cultura ni de idiosincrasia, es algo que debemos de erradicar”, declaró.

En marzo de 2013, la legislatura del estado aprobó por unanimidad reformas al Código Penal, para incluir el delito de feminicidio, asentado en el artículo 26 bis.

En ese artículo se indica que “al que prive de la vida a una mujer por razones derivadas de su género, se le impondrán de 20 a 50 años de prisión y de 500 a 700 cincuenta días de multa. Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio”.

El Código Penal también establece que “al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia, se le impondrá pena de prisión de tres a 8 años y de 500 a 750 días multa”.

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