El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) resolvió que el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) debe de modificar el acuerdo en materia de equidad de género en candidaturas a regidurías y diputaciones, por lo cual, el órgano cuenta con 48 horas para publicar las nuevas reglas establecidas por el tribunal y que deben ser acatadas por los partidos políticos.

Entre estas nuevas disposiciones se establece que los partidos deberán postular para diputados de mayoría relativa a ocho mujeres y siete hombres, mientras que para los legisladores de representación proporcional las listas deberán ser encabezadas por mujeres, al igual que las listas para fórmulas de ayuntamiento que deberán establecerse de manera equitativa.

Dicha resolución se derivó de las impugnaciones al acuerdo del IEEQ, que en su momento interpusieron ante el TEEQ el PES, PRD y Morena, estos dos últimos, que se desistieron al final. Sin embargo, a dicha petición se sumaron diferentes organizaciones de mujeres, que exigían garantizar la paridad de género en estas contiendas.

Los magistrados aprobaron por unanimidad esta modificación. De acuerdo con el magistrado Sergio Guerrero, para esta determinación se consideraron diversas estadísticas que reflejan la falta de participación de la mujer en la política.

Detalló que pese a que en Querétaro 51% de la población está conformada por mujeres, el poder político de estas alcanza sólo 8%, ya que de los 25 lugares en la Legislatura, dos son ocupados por mujeres, dos presidentas municipales de los 18 cargos y una minoría en cargos a regidoras.

“Es en ese contexto y frente a esa realidad que se litiga, es que vamos a cambiar la forma en que tradicionalmente se han operado las cuestiones políticas con la postulación de candidatos en el estado, por ello estamos pidiendo que se modifique el acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, a fin de garantizar la equidad y medidas que aseguren que las mujeres accederán a cargos de elección popular y que se generen condiciones reales para que ellas lleguen a cargos reales”, comentó.

Las nuevas subreglas que debe de publicar el IEEQ en un plazo de 48 horas, son para la conformación de la Legislatura, en donde los partidos, para diputados de mayoría relativa, donde hay 15 lugares, deberán postular ocho mujeres y siete hombres.

Para plurinominales, lo que se ordena es que la cabeza de la lista sea una mujer, esto al igual que la lista de regidores, en ese orden hasta que de manera consecuente se termine, lo que implica que habrá más mujeres en donde son números impares.

Agregó, que de igual forma, los partidos no deberán postular a mujeres en aquellos distritos que históricamente pierden, basándose en los resultados de la elección anterior.

“Estamos ordenando al instituto que publique estas medida en un plazo de 48 horas, pero desde ahora entran en vigor. Además de que para alcaldesas consideramos que no es acertado que se postulen sólo mujeres a este cargo, sino que deben de postularse en listas paritarias, tal como lo establece la ley”, comentó.

Los magistrados consideraron que al margen de esta resolución, en un futuro deberán de realizarse ensayos que permitan más el principio de paridad, esto aunado a que con esta resolución, Querétaro se convierte en el primer estado en aprobar que las listas para mayoría relativa y de ayuntamientos sean encabezadas por mujeres.

Los partidos que quieran impugnar esta resolución del TEEQ, cuentan con cuatro días a partir de que sean notificados y lo deberán de hacer ante un tribunal federal, que resuelva este tipo de situaciones en 15 días.

De acuerdo con la magistrada, Cecilia Pérez Zepeda, esta sentencia es histórica.

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