No es clara ni está completa la redacción de la reforma a la ley que Reglamenta la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro que establece un mínimo de 50 litros de agua para cada ciudadano, consideró el ambientalista Enrique Uribarren.

Para el integrante del Observatorio Ciudadano de la Protección Ambiental, si esta nueva normativa llegase a aprobarse, implicaría que el gobierno estatal tendrá la facultad discrecionales para declarar escasez de agua y, por ende, para limitar el acceso al agua y garantizar únicamente los 50 litros diarios.

Dijo que no se define ni el concepto de “escasez de agua”, ni los parámetros técnicos y científicos que lo respalden, ni tampoco la autoridad responsable de realizar la declaratoria.

“¿Cuál es la temporalidad que va a tener esta característica? Llevamos 4 años de sequía en Querétaro, ¿quiere decir que durante los últimos 4 años que ya estaríamos en escasez y únicamente se nos tendrían que suministrar los 50 litros diarios? ¿Y cuál es el procedimiento para demitir esta declaratoria de escasez o para levantar dicha declaratoria? Nada de esto viene definido en la ley”, lamentó.

Sobre el artículo 117, que establece que en caso de declarar escasez de agua se puede “limitar” el suministro, pero garantizando 50 litros, para Urribarren la redacción es ambigua pues no establece 50 litros “por persona” y puede caer en la interpretación y aplicación de dar 50 litros de agua por toma de agua en los hogares, lo que implicaría que se daría menos de esta cantidad a los habitantes de una sola casa.

“Si consideramos que en Querétaro en cada casa viven en promedio cinco personas, el dotar de 50 litros diarios, a secas, equivaldría a dar 10 litros diarios por persona, lo cual, evidentemente, queda muy por debajo de estos 50 a 100 litros diarios por persona para garantizar el derecho humano al agua. Entonces, es una modificación que se queda muy corta. Pudieron haber hecho una mejor reforma y pusieron una muy mala”, explicó.

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