Hace unas semanas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló un artículo de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, que sanciona como explotación sexual la producción, comercio o distribución de pornografía hasta con 15 años de cárcel.

El artículo 10 de esa ley, en su fracción 15, remite a otros preceptos que describen las modalidades de explotación sexual, y establece prisión de cinco a 15 años y multa de mil a 30 mil días a quien se beneficie del “comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos de carácter lascivo o sexual, reales o simulados” de manera física o a través de cualquier medio.

Aunque la ley sostiene que no se aplicará la sanción cuando el contenido tenga como fin la divulgación científica, artística o técnica, determina que un juez deberá solicitar un dictamen pericial para evaluar si la conducta constituye o no explotación sexual. Esto, para algunos creadores, deja abierta la puerta a que se limite la creación artística.

¿Una forma de perversidad? 

La escritora Ana Clavel, autora de libros como Las violetas son flores del deseo y Los deseos y su sombra, dice que cuando las buenas causas se esgrimen para censurar, estamos ante una forma de perversidad: “El puritanismo del siglo XIX, o el neopuritanismo de nuestros tiempos, buscan disfrazarse de inocencia y pureza para acallar el deseo. Porque, ¿quién en su sano juicio estaría en contra de campañas y leyes en contra de la trata de personas? Pero de ahí a prohibir o censurar toda forma de erotismo, pornografía, sexualidad es escandoloso y muy preocupante. Lo que se busca es abolir el deseo, pero el deseo es la fuerza más poderosa de los seres humanos. Y pretender normarlo, sojuzgarlo, acallarlo en aras de una lucha legítima como es el combate a la explotación sexual y la trata y abuso de personas, tiene un tufo de mojigatería y doble moral. Resulta inconcebible que en una sociedad que pretende ser incluyente y respetuosa de los derechos humanos se pretenda abolir, de pasada, la libertad de creación en uno de los más preciados ámbitos de libertad humana como es el arte y la literatura. Y por encima de todo, intentar someterlo a un juez o dictamen pericial, siempre de dudosa legitimidad, es una confusión de principios que puede resultar no sólo cuestionable, sino peligrosa para el ejercicio de nuestra dignidad como sociedad conformada por personas que buscan hacerse responsables de su cuerpo, sus deseos, sus fantasías, su propia e irrevocable plenitud íntima e individual”.

De poca operación

El escritor Andrés de Luna, quien ha escrito literatura erótica, considera que esta ley que fue promovida por el ex presidente Felipe Calderón y modificada en 2018, realmente tiene muy poca operación en México, por lo que no ve mayores riesgos para la creación artística o literaria. “Es una ley que tiene más la idea de evitar la trata de personas, pero no han hecho mucha insistencia en cuanto a libros y revistas porque ahí, creo, se meterían en un lío del que no acabarían de salir nunca porque sería meterse con escritores como José Agustín o con alguien de esa naturaleza; sería echarse encima una comunidad intelectual que puede influir y que tiene posibilidades para contravenir una ley que es corta en ese sentido, que habla de un asunto que podría pasarse por alto si es en términos de un creador”, dijo.

Insiste en que es una ley que no tiene mayor injerencia, pero que debería matizar y aclarar los párrafos que se refieren a creación y divulgación. “Me parece que ese puro párrafo debería ser matizado para poder entender qué es lo que quieren decir, porque está como a la expectativa de que los creadores tengan alguna duda”. Habría, dice Luna, que matizarlas, “aclarar los casos extremos en los que ocurre, sobre todo, en cosas que no sean artísticas”, aunque considera que realmente esa ley y sus disposiciones han tenido muy poca injerencia en la trata de blancas.

El caso de las artes escénicas 

Si bien el artículo se refiere a libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, las artes escénicas, al ser un arte multidisciplinario, no estarían exentas de la revisión pericial.

Para la maestra, bailarina y coreógrafa Laura Rocha, directora de la compañía de danza contemporánea Barro Rojo, en cuyo repertorio existen obras con una profunda carga erótica como Tierno abril nocturno, creada por Rocha y por Francisco Illescas, es muy importante legislar en contra de los delitos sexuales y la trata de personas, sin embargo, es pertinente hacer una revisión porque su ambigüedad podría provocar autocensura entre los creadores.

“La vigilancia pericial es preocupante porque no sabemos si su mirada será censora ni cuáles podrían ser sus argumentos. Por supuesto que la ley no hace referencia a las artes escénicas, pero son expresiones artísticas que podrían no quedar exentas porque las líneas son muy delgadas. La escena también produce imágenes, ¿quién y cómo va a determinar su carácter. Considero también que los artistas debemos tener más responsabilidad sin caer en la autocensura. ¿Cómo vamos a encontrar las claves que nos permitan dialogar con la sociedad sin ser juzgadas por la vigilancia pericial?, cuestiona.

 

Rocha es maestra en la Escuela Nacional de Danza Clásica y Contemporánea del Instituto Nacional de Bellas Artes, en la especialidad de Danza Contemporánea, y recuerda que los padres se han sentido inquietos. “Hemos tenido que sensibilizar a los padres de familia para que no saquen de contexto algunas imágenes que se presentan en las obras. Estamos en un nivel escolar y somos muy responsables, pero los papás se inquietan, nos han comentado que les preocupa que de pronto circulan imágenes fuera de contexto. A veces las cosas son complejas y no podemos tener temor a crear y a manifestarnos libremente a través del arte. La lucha contra la trata de personas es realmente muy reciente, es una deuda muy importante que se está cumpliendo, estamos en un proceso de construcción hacia un país libre de estos delitos, pero justo porque estamos en proceso, hay cosas que necesitan revisarse con mucho cuidado como estas modificaciones”, sostiene la coreógrafa.

El músico Horacio Franco coincide con la maestra Laura Rocha. “Por desgracia, no podemos negar que nuestro sistema judicial está muy corrompido y que depende de muchos factores que no tienen que ver con la justicia ni con el sentido común. Si a esta realidad sumamos que los jóvenes pueden ser muy vulnerables porque no cuentan con la educación necesaria, tenemos un caldo de cultivo muy peligroso para que exista la explotación sexual y la trata de personas. Todo esto tiene que acabar y por eso las leyes se han endurecido. Pero, ¿qué pasará cuando se acuse a inocentes?, ¿qué pasará con la libertad de creación?, ¿cómo abordamos un desnudo y cómo lo vamos a poner ante límites que no sabemos ni quién los va a definir?, ¿a quién van a consultar cuáles son los límites?, ¿qué establecen esos límites?, ¿la moral judeocristiana?, ¿el sentido común? Todo esto es muy confuso y podría ser peligroso para la libertad de expresión.”

Censura y autocensura

La periodista Adriana Malvido también cree que los cambios a la ley pueden tener implicaciones graves en la creación artística y literaria, y en la divulgación científica y cultural: “Le abren la puerta a la censura y a la autocensura. ¿Quién y con qué criterio determinará si un contenido tiene carácter “lascivo”? Someter cada caso, por orden de un juez, a un peritaje, es una medida dispendiosa, burocrática y, sobre todo, digna de los tiempos de la Inquisición. Hay que tomar en cuenta, como antecedente contemporáneo, la experiencia de la censura de desnudos en Facebook. El censor no distingue con criterios estéticos o educativos. Y bloquea la cuenta de quien sube a la red social una pintura de Rubens donde aparecen cuerpos desnudos, como si se tratara de pornografía. A mí me bloquearon mi cuenta una vez porque subí una foto de Nahui Olin, tomada por Garduño, en donde se ve uno de sus senos. La prevención de la trata de personas requiere de educación sexual, acompañamiento educativo y formación de usuarios, audiencias y lectores críticos, sobre todo en el uso de las redes sociales”.

Al pie de la letra

El periodista e historiador del arte Juan Solís dice que el artículo es claro en lo que se refiere a la explotación:

“De acuerdo con este artículo, las personas sancionadas serán sólo aquellas que se beneficien económicamente de la explotación de una persona para la producción y distribución de material con carácter lascivo o sexual. Si lo interpretamos al pie de la letra, es justo porque incluso en la producción estrictamente pornográfica, nadie debe ser sujeto de explotación. Se entiende que hacer pornografía es un trabajo por el que los participantes reciben una remuneración y que lo hacen por voluntad. Aquella persona que sea obligada a hacer algo que vaya en contra de su integridad física o moral, puede ampararse en este artículo.

“En el caso de la producción artística, si hay de por medio un ejercicio de explotación, se entiende que por encima de cualquier interés estético están los derechos humanos. No quiere decir que ya no habrá representaciones fílmicas, literarias o escénicas con contenidos sexuales, lo que se castiga es la explotación y la misma está definida en el artículo 10.

“Por otro lado, no veo que la Ley castigue el consumo o la posesión de material pornográfico o sexual o lascivo (entendido como encuentros sexuales entre mayores de edad con producción lícita), y no tendría por qué hacerlo. Creo que es muy claro el artículo en lo que toca a la explotación.

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