A poco más de un año de su aplicación, los sectores susceptibles de lavado de dinero están pidiendo una flexibilización de las reglas de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia, pues a algunos les ha afectado en sus ventas y a otros en la conformación del expediente para identificar a los clientes.

La Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) indicó que la venta de terrenos, ranchos y viviendas cerró el año con una caída de 30%, por la prohibición de pagar en efectivo la compra de estos bienes por un valor de 540 mil 002 pesos o más.

Martha Ramírez, presidenta de AMPI, explicó que muchas personas, sobretodo granjeros y campesinos, no ahorran su dinero en el banco, ni son sujetos de crédito y realizan la venta de sus terrenos en efectivo y cuando quieren comprar otro inmueble se ven imposibilitados a pagar en efectivo.

Por lo tanto, AMPI está solicitando que se elimine la regla de identificar a las personas físicas para realizar operaciones en efectivo y se identifique plenamente solo a las personas morales.

“La Ley inhibe las operaciones de compra y venta porque la gente está asustada, no quieren ser castigados por comprar una casa, una rancho, una granja, una nave industrial o una oficina”, dijo la presidenta de AMPI.

Desde el 31 de octubre de 2013, se prohibió el pago en efectivo para la compra de bienes raíces por un monto igual o superior a los 540 mil 002 pesos y además, los inmobiliarios tienen que dar un aviso al SAT de todas las operaciones realizadas por dicho monto.

Otro sector al que le han afectado las reglas de operación de esta Ley es el joyero.

Miguel Cotero, presidente de la Cámara de Joyería, informó que la venta de joyería cerró el año con un crecimiento de 4%, respecto al año anterior, pero las exportaciones se vieron afectadas con una disminución de casi 20% debido a que la Ley les pide identificar a sus clientes en el extranjero mediante acta constitutiva de la empresa, además de corroborar los datos del representante legal de la compañía.

Los joyeros lograron flexibilizar las reglas, pues antes se les pedía identificar plenamente a todos los miembros del acta constitutiva de la empresa a la que exportaban joyas, pero ahora sólo identifican al representante legal.

No obstante, los joyeros quieren que se eleve el monto para identificar a los clientes y para notificar actividades inusuales, los cuales son de 55 mil y 100 mil pesos, respectivamente.

“55 mil pesos es el margen que tenemos para identificar a uno de nuestros clientes como posibles lavadores. Estos no son límites normales para una actividad que maneja recursos mayores. Nos pone la obligatoriedad de notificar operaciones arriba de 100 mil pesos, montos que tampoco corresponden a la industria joyera”, indicó Cotero durante la realización del Foro de Análisis sobre la implementación de la Ley contra el Lavado de Dinero, organizado por la Comisión de Hacienda y el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.

Los joyeros agregaron que también tienen problemas para abrir cuentas en los bancos debido a que son percibidos como una actividad inusual.

Por su parte, los distribuidores de autos pidieron homologar los avisos de operaciones inusuales a los que ya realizan, pues desde 2006 están obligados a informar a Hacienda sobre las contraprestaciones en efectivo por arriba de los 100 mil pesos.

“Esta obligación ya coexiste con la de la ley antilavado, por lo que solicitamos que se modifique la Ley del ISR para eliminarla”, dijo Guillermo Prieto, presidente de AMDA.

Sobre la identificación de los clientes, AMDA indicó que las agencias ya lo hacen a través del Registro Público Vehicular, Impuesto Sobre la Renta y de Protección de Datos Personales, entre otras; además de normas locales como la Tenencia y el Control Vehicular.

“Entonces, resulta necesario que se homologue el procedimiento de identificación del cliente en las disposiciones legales citadas con el objeto de hacer eficiente el proceso administrativo requerido para el cumplimiento, disminuir el riesgo de sanciones y su aplicación discrecional por parte de autoridades diversas”, dijo Prieto Treviño.

Distribuidores de autos tienen que identificar a sus clientes cuando realicen la compra o venta de un auto cuyo valor sea igual o superior a 216 mil pesos.

Además, tienen que dar un aviso al SAT cuando realicen una operación de compra o venta por 432 mil 002 pesos o más.

Los blindadores de autos también están obligados a identificar clientes cuando hagan una venta o servicio por 162 mil 169 pesos.

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