Teresita Adriana Sánchez Núñez incumplió con los requisitos marcados en la convocatoria para renovar la presidencia del IEEQ y, por tanto, resultaba inelegible, determinó La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Resolvió la Sala que efectivamente no tenía los 5 años de residencia que se exigían en la convocatoria, de ahí que incumplía con uno de los requisitos indispensables para ser contemplada dentro de la renovación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ).

La actual presidenta tenía desde el 2017 trabajando en Nuevo León, mientras que el tiempo máximo de ausencia en el estado en el que se dice radicar es de 6 meses, eso de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

Necesario recordar que previo al nombramiento que otorgó la presidencia del IEEQ a Sánchez Núñez el ayuntamiento de Querétaro notificó al INE que le revocó la constancia de residencia, eso a través del Secretario de Ayuntamiento de la capital queretana.

El INE rechazó la notificación, al argumentar que él funcionario no era a quien le correspondía emitirlo, tras lo cual remitió otro en los mismos términos el alcalde capitalino, Luis Bernardo Nava Guerrero.

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