El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), a que en un plazo de 20 días hábiles otorgue a los partidos políticos, de manera correcta e independiente los recursos correspondientes a la bolsa económica para actividades específicas que es de 3%.

Lo anterior, ante la impugnación que realizó el PAN estatal, en relación al acuerdo aprobado por el Instituto respecto a la repartición del financiamiento público a los partidos, y la omisión en la entrega de los recursos para actividades específicas, así como que el Instituto debió tomar como base para el cálculo de este financiamiento, el salario mínimo vigente 2016.

Respecto a este último punto, el Tribunal, se pronunció en contra de esta impugnación, al señalar que el IEEQ planeó su presupuesto en octubre de 2015, por lo que no contaba con las facultades para hacer este cálculo con respecto al año siguiente, además de estar establecido en la Ley.

Sin embargo, los magistrados, aprobaron de manera unánime el recurso de impugnación, con respecto a la repartición de 3% para actividades específicas, al asegurar que este monto es independiente y diferente al monto para actividades ordinarias.

“El PAN si tiene la razón en su argumento debido a que el IEEQ no tomó en consideración que el 3% es adicional y diferente al ordinario, ya que la ley de partidos políticos establece la forma en que se debe de calcular este financiamiento, y este Tribunal ya ha tenido precedentes en el criterio de que el financiamiento es diferente y adicional a las actividades ordinarias, es un criterio que esta expreso en la Ley, la Ley general, federal y que rige al país”, comentó el magistrado presidente del TEEQ, Sergio Guerrero.

Agregó que en su momento, el IEEQ, solicitó a la Legislatura este 3% adicional, sin embargo el Congreso local no lo aprobó, generando que el Instituto entregara un recurso diferente para las actividades específicas. “Este 3% adicional es para todo los partidos, pese a que sólo acudió el PAN a impugnar, al existir el precedente de que en estos casos debe conservarse el principio de equidad entre las fuerzas”.

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