La amenaza más eficaz contra los derechos políticos rara vez se presenta como una restricción al voto.

Esta semana, la propuesta de condicionar el sufragio a un examen cívico se abandonó en menos de diez días ante el rechazo público.

Ese episodio importa por lo que expone: la sustracción directa de derechos (decidir quién puede votar) es la variante más visible del autoritarismo electoral y, por ello, la más cara de sostener políticamente. Quien la intenta paga un costo social casi inmediato, incluso sin sanción institucional de por medio.

Sin embargo, existe una segunda vía, menos ruidosa y más eficaz. Andreas Schedler ubica ese terreno en el corazón del autoritarismo electoral contemporáneo, que mantiene la fachada de elecciones mientras manipula las condiciones de la competencia. Steven Levitsky y Daniel Ziblatt documentan el mismo fenómeno desde otro ángulo, el de la erosión democrática por medios formalmente legales, sin golpe de Estado ni ruptura constitucional visible. Nancy Bermeo la nombra retroceso democrático ejecutivo, cuando quien controla el poder debilita los contrapesos que lo limitan mediante reformas que se presentan como modernización institucional.

La distinción entre ambas vías es de exposición al costo político. La sustracción directa requiere que alguien enuncie públicamente quién queda fuera, lo cual convierte al enunciante en blanco identificable. La degradación institucional deja intacto el padrón y actúa después, sobre las condiciones que determinan si el voto ya emitido produce consecuencias. La sustracción ocurre en un momento identificable; la degradación se extiende en el tiempo, lo que la vuelve estructuralmente más difícil de nombrar y rechazar mientras ocurre.

México ya vive la vía indirecta. La reforma judicial de 2024 sustituyó la designación de jueces y ministros por elección popular, con comités de postulación controlados por el Ejecutivo, el Senado y la propia Corte. Human Rights Watch documentó que la reforma debilitó la independencia judicial en nombre de su democratización. Nadie perdió el derecho a votar. Se decidió, en cambio, quién controla a quienes interpretan la ley, y ese cambio no provocó el rechazo inmediato que sí generó la propuesta de examen cívico.

Ambas vías comparten la misma disposición autoritaria; lo que varía es el momento del ciclo político en que cada una resulta atractiva y el nivel de escrutinio público que atrae.

Los regímenes que transitan hacia el autoritarismo electoral rara vez lo hacen mediante una decisión que restrinja el sufragio de manera explícita. Lo hacen acumulando reformas que ninguna, por separado, parece suficiente para activar la alarma pública que sí despierta una propuesta abierta de exclusión. La pregunta pendiente es cuántas de esas reformas hemos dejado pasar por no reconocerlas como parte del mismo proceso.

X: @maeggleton

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