Los conflictos asociados a los procesos electorales seguirán ocupando titulares y acaparando discusiones. Si bien faltan algunos capítulos para cerrar el apartado de la reforma electoral, por ahora los reflectores se centrarán en la actuación de la SCJN y sus resoluciones en torno a las impugnaciones que se presenten por el Plan B y en el proceso de selección de quienes ocuparán las 4 vacantes que se abrirán a partir del 3 de abril cuando concluyen su periodo, además del consejero presidente, 3 integrantes más del Consejo General del INE.
El proceso inicia con la revisión de los expedientes de las personas inscritas por parte del Comité Técnico de Evaluación, integrado por 7 especialistas: 2 nombrados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), 2 por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y 3 por la Junta de Coordinación Política. Además de revisar los expedientes para evaluar la idoneidad, debe aplicar un examen y valorar las mejores candidaturas para integrar 4 quintetas (una por vacante) que serán sometidas a votación en el pleno de la Cámara de Diputados. En caso de que la Cámara de Diputados no logre elegir a las y los nuevos consejeros en el plazo fijado, la SCJN lo hará por sorteo (insaculación).
Mucho se ha debatido la idoneidad de los mecanismos de selección, que ha evolucionado desde que los Consejeros Magistrados eran designados por el presidente de la República. ¿Qué garantiza que las y los consejeros se conduzcan con imparcialidad? Considero que hay al menos 3 razones.
La primera tiene que ver con el proceso de designación, ya que la Cámara de Diputados los nombra por mayoría calificada de dos tercios; por ello ningún grupo parlamentario puede tomar la decisión individualmente. Segundo, quienes aspiran a llegar al Consejo General del INE deben formar parte de las quintetas elaboradas por el Comité Técnico de Evaluación, por lo que las “candidaturas a modo” tienen pocas probabilidades de ser electas. Tercero, en las instituciones electorales todos los procesos se encuentran reglamentados; por ello, las y los consejeros no sólo deben conducirse con apego a la ley sino también de acuerdo con la reglamentación interna del propio colegiado.
Cuando un partido piensa que puede impulsar candidaturas a las consejerías que en su actuación le sean afines, comete un grave error, ya que su designación es producto de un amplio consenso político. Aunado a ello, deben cuidar su actuación pues pueden ser sancionados e incluso ser sometidos a juicio político. Además, desempeñarán sus actividades en un entorno que sanciona la parcialidad y premia la imparcialidad.
Es inquietante que, en esta ocasión, el coordinador del grupo parlamentario de Morena haya declarado que buscará que sean electos por insaculación, un recurso contemplado a partir de la reforma de 2014 ante la eventualidad de que fracase la política. Sin embargo, en ese escenario, sólo participarán aquellas personas ya incluidas en las quintetas, mismas que han tenido que pasar por los filtros antes señalados.Nos toca prestar atención al trabajo del Comité Técnico; al final “únicamente” se trata de garantizar la equidad en la competencia y nuestro derecho a la certeza, la legalidad y la seguridad en la emisión del voto.
























