La traición a la patria es uno de los delitos más graves de nuestra legislación. Precisamente por eso, deberíamos preocuparnos cuando comienza a utilizarse como una categoría donde cabe cualquier conducta que provoque indignación política.

La detención de César Jáuregui, exfiscal de Chihuahua, acusado de presunta traición a la patria por permitir la participación irregular de estadounidenses en un operativo y las afirmaciones de actores políticos que acusan que traición a la patria es la colusión de autoridades con criminales abre una discusión pública.

El caso merece una rigurosa precisión conceptual. Si hubo violaciones a la soberanía, deben acreditarse y sancionarse. Pero la gravedad de los hechos no sustituye la obligación de demostrar que encajan en alguna de las conductas previstas por el artículo 123 del Código Penal Federal.

El problema va más allá de César Jáuregui.Desde el PAN, la diputada Kenia López Rabadán ha planteado ampliar ese delito para incluir a servidores públicos que protejan organizaciones criminales o sometan funciones estatales a sus intereses.

La preocupación es legítima. Una autoridad que colabora con delincuentes compromete la seguridad pública y traiciona la confianza ciudadana. Sin embargo, una traición política o moral no necesariamente constituye traición a la patria en términos jurídicos.

Nuestro sistema penal ya contempla delincuencia organizada, cohecho, encubrimiento y operaciones con recursos ilícitos. Si esas herramientas resultan insuficientes, corresponde al Congreso explicar qué conductas permanecen sin castigo y por qué necesitamos otra figura.

No basta cambiarles el nombre para aparentar mayor severidad. El artículo 14 constitucional prohíbe imponer penas por analogía. Eso no impide reformar las leyes, pero obliga a definir claramente las conductas sancionables. La justicia necesita precisión, no elasticidad.

También conviene desconfiar de las generalizaciones políticas. Que un funcionario esté acusado de colaborar con criminales no demuestra automáticamente que todo su gobierno sea un “narcogobierno”. Esa conclusión requiere pruebas sobre redes, decisiones y responsabilidades institucionales.

Por supuesto, tampoco debemos utilizar la responsabilidad individual como pretexto para dejar de investigar posibles estructuras de complicidad. La regla debe valer para todos, sin importar colores partidistas.

Jáuregui tiene derecho a la presunción de inocencia. La Fiscalía debe probar sus acusaciones y los jueces determinar si corresponden al delito imputado.

Una democracia no necesita multiplicar traidores mediante reformas penales. Necesita instituciones capaces de investigar, demostrar responsabilidades y castigar delitos.

Desviar recursos para el combate a la pobreza, en una definición política también es traicionar a la población, a las leyes y a la patria, pero eso no implica el tipo penal de traición a la patria.

Los tipos penales son moldes específicos para clasificar conductas, no son un “cajón de sastre”. Cuando todo puede llamarse traición a la patria, el concepto pierde precisión y la justicia corre el riesgo de usarse con fines políticos.

Consultor, académico y periodista

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