La discusión para crear un tipo penal de homicidio vial responde a una exigencia social comprensible.

El accidente ocasionado por “La Mufasa” en 2025 evidenció el profundo impacto que provoca la conducción en estado de ebriedad cuando termina con la pérdida de vidas. Frente a hechos de esta naturaleza, la sociedad reclama justicia y el debate legislativo se ha centrado en endurecer las penas.

Sin embargo, la experiencia internacional muestra que aumentar los años de prisión, por sí solo, difícilmente resolverá el problema.

El derecho comparado ofrece ejemplos valiosos. España endureció en 2019 las sanciones para los homicidios imprudentes cometidos con vehículos e incorporó nuevas figuras para castigar conductas especialmente graves, como el abandono del lugar del accidente.

Chile aprobó la llamada Ley Emilia, que establece penas de tres años y un día hasta diez años de prisión, además de la inhabilitación para conducir e incluso el decomiso del vehículo.

Argentina también reformó su Código Penal para agravar el homicidio culposo cuando el conductor actúa bajo los efectos del alcohol u otras sustancias. En varios estados de Estados Unidos existen figuras como el vehicular homicide o el DUI manslaughter, con sanciones que pueden alcanzar décadas de prisión.

El denominador común es claro: prácticamente todas estas jurisdicciones han endurecido las consecuencias penales para quienes provocan una muerte al conducir intoxicados.

No obstante, la evidencia disponible también apunta a que la severidad del castigo tiene un efecto limitado cuando no va acompañada de una mayor probabilidad de detección y sanción.

La criminología ha sostenido durante décadas que la certeza y la rapidez del castigo influyen más en la conducta que el incremento de la pena. En otras palabras, un conductor puede verse más disuadido por la posibilidad real de encontrarse con un alcoholímetro que por conocer que la condena aumentó algunos años.

Los países que han logrado avances más consistentes en seguridad vial no se limitaron a modificar sus códigos penales. También fortalecieron los operativos de alcoholimetría, endurecieron la suspensión de licencias, impulsaron campañas permanentes de prevención, promovieron tratamientos para personas con problemas de alcohol y, en algunos casos, incorporaron dispositivos que impiden encender un vehículo cuando el conductor ha consumido bebidas alcohólicas.

Esto no significa que el debate legislativo en Querétaro carezca de sentido. Tipificar el homicidio vial puede contribuir a ofrecer mayor claridad jurídica y responder a una demanda legítima de justicia para las víctimas. Pero sería un error presentar la reforma como una solución suficiente.

Si el objetivo es reducir los homicidios viales y no únicamente castigar a quienes ya los cometieron, la discusión debe ir más allá del Código Penal.

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