Los Derechos de las Audiencias son un capítulo de norma jurídica de alcance nacional desde agosto de 2014, primero con la entonces Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a partir del 2025 en la vigente Ley en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (artículos 250-255).
El entonces Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que existió jurídicamente entre 2013 y 2025 con base en reforma de 2013, dejó un pendiente que ‘heredó’ la hoy Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT): los lineamientos de protección de los derechos de las audiencias, logro importante que se plasmó en ley federal hace 12 años.
Cuando el gobierno de la Presidenta Claudia Sheinbaum anunció el proyecto de lineamientos y la consulta, propuesta de la CRT, no se “sacó de la manga” o “inventó” algo: era un pendiente en materia de telecomunicaciones.
La forma y el fondo del anuncio realizado en conferencias de prensa de Palacio Nacional pueden ser objeto de críticas o señalamientos: habría que verlo como acciones con potencial de enriquecer). Lo que no debería estar sujeto a discusión es la existencia de los Derechos de las Audiencias en medios de radiodifusión, que son “sujetos obligados” para ciertos derechos como el de réplica –con ley reglamentaria desde finales 2015-.
Los medios y las plataformas digitales tienen lógica diferente en el proceso comunicativo. No puede hablarse de aplicar del todo “Derechos de las Audiencias” en estos contextos, menos aún en el caso de los llamados “influencers”.
Esto lo señalo porque hay casos de comunicadores en Querétaro que no alcanzan a entender o distinguir la importancia de los Derechos de las Audiencias, ni que se establezca como obligación que cada medio tenga su Código de Ética.
La existencia y la aplicación de estos derechos son de relevancia para radioescuchas y televidentes, principalmente, porque son herramientas que pueden proteger de abusos o excesos de los medios de comunicación, sin que esto implique la “censura” como algunas voces quieren hacer creer.
Volvamos al contexto nacional de 2026. La consulta sobre lineamientos tuvo un periodo de aplicación entre el 27 de julio al 21 de agosto.
Durante la semana anterior hubo dos fechas y anuncios importantes: el miércoles 26 de agosto, cuando la comisionada presidenta de la CRT, Norma Solano, anunció resaltó el considerar comentarios y críticas recibidos en el proyecto de lineamientos, para hacer ajustes y eliminar partes.
La segunda fue el viernes 28 de agosto, día en que los lineamientos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Especialistas en el tema como Raúl Trejo Delarbre, catedrático de la UNAM: y Julieta del Río, excomisionada presidenta del INAI, publicaron artículos que señalan y advierten insuficiencias de los lineamientos, así como ventanas para posible “censura”.
Desde la perspectiva de Trejo Delarbre, las audiencias perdieron con los lineamientos y quienes ganaron fueron los “empresarios de la radiodifusión”, porque “podrán seguir transmitiendo contenidos pagados sin advertir que se trata de publicidad o propaganda” debido a un punto eliminado en la redacción final de los lineamientos.
Julieta del Río publicó en eme-equis: “Hay muchas dudas alrededor de los nuevos lineamientos sobre los derechos de las audiencias. Y debe ser un asunto de máximo interés para todos, porque cuando hablamos de medios de comunicación estamos hablando también de libertad de expresión, libertad de información y del derecho de los ciudadanos a decidir qué queremos ver, escuchar y pensar”.
Habrá que seguir al pendiente.
Viral: Dren Peñuelas no ha sido terminado por Municipio
Infografías y nota publicada por el CUPI sobre la obra aún no terminada del Dren Peñuelas, por el gobierno municipal de Querétaro, fueron virales en Instagram: 7 mil 671 visualizaciones, 266 likes, 57 reposteos y 22 comentarios entre el lunes 31 de agosto y jueves 3 de septiembre.
*Profesor de la UAQ y periodista

























