Este sábado entraron en vigor las nuevas disposiciones en materia político electoral que aprobaran la semana pasada las Cámaras de Senadores y Diputados. No fue publicada la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Hoy se encuentra vigente la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, cuyo contenido es de 493 artículos y sus 24 Transitorios, la que a su vez abrogó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. También entra en vigor la nueva Ley General de Partidos Políticos con sus 97 artículos. Esta sí nueva reglamentación que obliga a todos los partidos políticos a que actualicen sus normas internas acorde con esta Ley.

Por supuesto entran en vigor los 26 artículos en materia penal que endurecen penas y crean nuevos delitos en materia electoral, sin derogar todas aquellas figuras típicas que se encuentran en el Código Penal Federal. Tenemos pues una nueva Ley General en Materia de Delitos Electorales. Más intimidante la nueva norma, aunque veremos en la práctica que tal se comportan los nuevos fiscales especiales en materia de delitos electorales.

También se publicaron en el mismo Diario Oficial de la Federación las reformas a la Ley Federal de los Servidores Públicos y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Ahora, dada la álgida discusión que ha generado la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal en materia del “haber por retiro”, que en realidad se trata de la pensión vitalicia, esa no fue publicada, seguramente esperará mejores momentos hasta que se pongan de acuerdo las bancadas y determinen su se deroga o se modifica, mientras tanto no entrará en vigor para no genera derecho alguno en beneficio de los magistrados electorales.

La materia prima ya está a la mano para que nuestros legisladores locales apuren el paso, pues hay preceptos como el Artículo Noveno Transitorio de la LEGIPE que obliga, sin excepciones a que: “Por única ocasión, los procesos electorales ordinarios federales y locales correspondientes a las elecciones respectivas que tendrán lugar el primer domingo de junio del año 2015 iniciarán en la primera semana del mes de octubre del año 2014. Para tal efecto el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobará los ajustes necesarios a los plazos establecidos en la presente Ley”.

No hay duda ya sobre cuando dará comienzo el proceso electoral local en Querétaro, será la primera semana de octubre próximo. Así que pronto tendremos formalmente las listas de precandidatos a cargos de elección popular tanto a gobernador como de presidentes municipales, regidores y diputados locales. La avalancha de licencias y renuncias masivas pronto se presentarán. Ello conlleva el adelantar de los tiempos de precampañas y campañas, así como plazos a fin de ajustarlos a la Constitución Federal. El proceso electoral ha dado inicio con las nuevas Leyes Generales que rigen desde el centro del poder.

Analista legislativo

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