Con un cumplimiento de 97% concluyeron los periodos de declaraciones anuales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la entidad, informó el administrador de dicha dependencia, Guillermo Corona Salinas, quien enfatizó que este porcentaje fue ligeramente superior al de 2014, que se ubicó en 96%.

Explicó que el módulo ubicado en la calle de Allende, en el centro de la capital queretana, recibió, hasta abril, a alrededor de 5 mil personas que presentaron su declaración o hicieron trámites relacionados, como la obtención de la contraseña.

Dijo que el número de contribuyentes creció 20%, toda vez que este año los asalariados se presentaron de manera voluntaria a presentar las deducciones de sus créditos de vivienda, así como de colegiaturas de sus hijos, por lo que se hicieron acreedores de devoluciones, las cuales concluyeron en los cinco días posteriores a cuando hacían la declaración.

Sólo 5% falta de recibir su saldo a favor, esto por cuestiones relacionadas a terceras personas, pues en ocasiones, señaló, los patrones no los tienen registrados y en el momento en que el trabajador acude al SAT no aparece en el sistema.

Ante dicha situación, los contribuyentes recurren a hacer una declaración complementaria para ser beneficiados con su saldo a favor. De los 842 mil contribuyentes registrados en la entidad, entre 60% y 65% corresponden a sueldos y salarios.

En el caso de quienes se encuentran en otro régimen, las devoluciones pueden tardar entre una y dos semana, informó el administrador.

Corona Salinas reconoció el avance que han tenido los registrados ante el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), pues hasta mayo se había tenido un cumplimientos en las declaraciones informativas de 92%.

Recordó a quienes no han cumplido con estas declaraciones, que deben realizarlas a la brevedad para no hacerse acreedores a una sanción.

Respecto a lo anterior ya no se puede hacer ningún trámite en tiempo y por el contrario se debe acudir inmediatamente para llegar a un acuerdo en el pago de los impuestos.

Las declaraciones para las personas ingresadas al RIF se llevan a cabo bimestralmente, por lo que la correspondiente a los meses de mayo y junio se debe llevar a cabo en los primero días de julio.

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