Médicos y dentistas estarán bajo la lupa del fisco. Si no entregan factura electrónica o recibos de honorarios por los servicios dentales y consultas, los contribuyentes podrán interponer una denuncia ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Estos comprobantes son necesarios para hacer las deducciones de gastos médicos de los contribuyentes en sus declaraciones de impuestos.

Sin embargo, para que la deducción proceda los contribuyentes deben pagar con medios electrónicos, es decir, con tarjeta de crédito, débito, cheque o transferencia.

“Estamos haciendo un esfuerzo permanente para que este sector cumpla. Los propios contribuyentes al presentar su declaración anual utilizan las facturas que les da este sector y, en consecuencia, en un proceso evolutivo, vamos logrando que el propio contribuyente al hacer su gasto médico o dental pueda exigir esa factura de manera correcta a ese sector”, dijo el administrador general de Recaudación del SAT, Adrián Guarneros.

En tanto, el administrador general de Auditoría Fiscal Federal, Leopoldo Carrillo, recordó que desde el año pasado los médicos, sicólogos y nutriólogos están obligados a contar con una terminal punto de venta (TPV) para cobrar sus servicios.

El TPV es un medio de cobro que permite a los establecimientos y profesionales aceptar de sus clientes el pago sin dinero en efectivo, que genera un ticket o recibo que sirve de comprobante.

Informó que se está realizando un recuento de cuántos tienen esta herramienta para que sus pacientes hagan el pago.

El SAT enviará un comunicado a quienes todavía no cuenten con una y posteriormente harán una “fiscalización” para ver quién la está utilizando y emitiendo los comprobantes fiscales, informó.

“Esto va a facilitar a todos los contribuyentes que tienen forma de deducirlo en su declaración anual”, señaló Carrillo.

Año con año se va a actualizar el padrón de médicos para revisar si tienen cédula profesional y que estén registrados; sobre esa base de datos, se va a verificar con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) los que tienen una terminal punto de venta y si está a nombre del médico u hospital.

Guarneros recordó que el año pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución en la cual se validaba el pago de servicios médicos y dentales con medios electrónicos, pero no lo hacía obligatorio.

Puntualizó que no necesariamente debe ser con plásticos, pues hay otras opciones, como cheques y transferencias, pero sí deben tener la terminal punto de venta, agregó.

“Sí deberían contar con la terminal, para que te puedan emitir el comprobante y pueda ser deducible para la persona física, es la parte que estamos fomentando”, advirtió.

Google News

TEMAS RELACIONADOS