Las empresas que firmaron acuerdos de interconexión con América Móvil durante el periodo en que la tarifa cero estuvo vigente, no tendrán que pagar compensaciones por ese periodo a la compañía de Carlos Slim.

El proyecto del ministro Javier Laynez propone que “todos los concesionarios que suscribieron acuerdos o convenios de interconexión con la quejosa, en los que se haya establecido que la tarifa por terminación de tráfico en la red del agente económico preponderante se sujetaba a lo establecido en el artículo 131, segundo párrafo, inciso a de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, no podrán ser constreñidos al pago de compensaciones que, en su caso, pudiesen derivar de la determinación de tarifas por parte del IFT y que es resultado de la inaplicación de la norma impugnada”.

En caso de cobro por los años en los que la tarifa fue cero, The Competitive Intelligence Unit (CIU) calculó que “el conjunto de los operadores competidores tendría que pagar un costo agregado de mil 50 millones de dólares, derivados del cobro retroactivo de servicios de interconexión en favor del preponderante”, cifra que se ahorrarían de confirmarse el proyecto.

Irene Levy, presidenta de Observatel, dijo que el proyecto señala que no se restituye al agraviado en sus derechos, a pesar de que se haya declarado inconstitucional el artículo 131.

“El ministro le perdona todo el dinero que debieron pagar en estos años a Telcel, pero a partir de que esta sentencia cause estado, entonces van a tener que pagar”, explicó.

Esta propuesta causa extrañeza en cuanto a que la Corte no restituya en sus derechos a América Móvil aun cuando se declare inconstitucional el artículo 131.

“Laynez lo declara constitucional, pero decide no dar más perjuicio a la competencia a favor del preponderante y voy a decir que no tienen por qué pagar todo ese dinero en retroactivo y esto es resultado de las presiones que ha habido”, dijo.

Ernesto Piedras, director de The CIU, opinó que el tema de la retroactividad es una redacción tramposa, pues puede dejar abierta la posibilidad de aplicar un cobro retroactivo, por lo que se debe revisar este punto.

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