Los servidores públicos que hagan un mal uso de los recursos en custodia propiedad de la Federación o lleven a cabo actos de corrupción, serán sancionados por la Tesorería de la Federación (Tesofe), según se propone en la iniciativa para reformar la Ley de Servicios de Tesorería (LSTF).

La propuesta incluye también a los llamados auxiliares que serán autorizados por la Tesofe para realizar funciones de tesorería y que pueden ser instituciones privadas como bancos.

En la propuesta de nueva ley, también se establece la necesidad de un mayor uso de la tecnología y medios electrónicos ante la cada vez mayor preocupación del sector público en casos de contingencia como desastres naturales o amenazas a la seguridad nacional que afecten las operaciones de la Tesorería de la Federación.

Se considera necesario establecer la aplicación de sanciones por parte de la Tesofe para las conductas ilícitas realizadas por parte de servidores públicos adscritos a los auxiliares o de particulares que recauden, manejen, ejerzan, administren, inviertan, paguen, reintegren o custodien recursos y valores de la propiedad o al cuidado del gobierno federal.

Se propone la incorporación de un catálogo de infracciones a la Ley que se somete a consideración del Congreso atendiendo a los sujetos que las lleven a cabo y a la gravedad de las conductas, teniendo como base de las mismas el perjuicio directo a la Hacienda Pública.

En la iniciativa de Ley se plantea, integrar un criterio de graduación de las conductas infractoras y multas aplicables por la Tesofe que a diferencia del régimen establecido en la ley vigente, que tiene en cuenta la distinta naturaleza jurídica y obligaciones de los sujetos destinatarios de la norma, a saber, los servidores públicos adscritos a los auxiliares y personas físicas o morales auxiliares o que sin serlo y debido a sus actividades, pueden recaudar, manejar, ejercer, administrar, invertir, pagar, reintegrar o custodiar recursos y valores de la propiedad o al cuidado del gobierno federal, así como los demás particulares, personas físicas o morales, que no tengan el carácter de auxiliares.

Se pone de manifiesto que la denominación de la LSTF vigente hace referencia al concepto de “servicios de tesorería”; sin embargo, su alcance debe ser más amplio ya que la actividad de una tesorería nacional no está constituida únicamente por servicios, entendidos éstos como actividades destinadas a satisfacer una necesidad de la colectividad, sino que comprende las tareas indispensables para la gestión de tesorería.

Y acorde al contexto actual, según la exposición de motivos, debería operar conforme a las mejores prácticas internacionales en la materia; para lo cual requiere de atribuciones que le permitan garantizar que la administración de los recursos y valores de la propiedad o al cuidado del gobierno federal se realice con calidad, eficiencia, eficacia y transparencia, todo ello con el objeto de contribuir al equilibrio de las finanzas públicas y a la estabilidad económica del país.

En el documento que contiene la propuesta se pondera que tradicionalmente, las tesorerías nacionales prestaban servicios como entes recaudadores y pagadores, sin embargo ante la evolución de los sistemas recaudatorios y de los mecanismos y medios de pagos, las tesorerías deben transformarse mediante la orientación de sus funciones a una administración de los recursos públicos y la utilización de mecanismos y técnicas más eficientes de planificación y gestión de tesorería.

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