El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) cambió las especificaciones que deben llevar a cabo usuarios y empresas para la portabilidad numérica.

“La portabilidad numérica es el derecho que tienen los suscriptores para conservar su número telefónico independientemente del concesionario de la red pública de telecomunicaciones que elijan”, recodó el IFT.

Con las modificaciones, el usuarios que quiera cambiar de empresa de telefonía recibirá un mensaje que dirá: “Está iniciando su cambio de empresa de telefonía móvil. Entregue la clave a la nueva empresa sólo si desea cambiarse. Su NIP de portabilidad es XXXX”.

Además, el IFT decidió que los proveedores de servicios de telecomunicaciones deben dar, a través de cualquier medio convenido con las partes, la factura correspondiente a los números de suscriptor, con el monto a su cargo, 10 días naturales antes de la fecha límite de pago de los servicios de telecomunicaciones contratados.

También resolvió otorgar siete títulos de concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones a igual número de personas físicas o morales y otorgó 21 prórrogas de títulos de concesión para instalar, operar y explotar una red pública en diferentes localidades del país.

Finalmente, expidió un permiso para instalar y operar el Canal 49 de televisión digital a favor del gobierno del estado de Morelos.

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