Sobre el tema, el INAH ha publicado un boletín informativo en su página oficial, en el que rechaza la destrucción del patrimonio e indica que se realizaron los trabajos de salvamento apegados “de manera estricta a la normatividad vigente en materia de protección del patrimonio cultural”.

La normatividad del INAH, según el arqueólogo José Hernández Rivero, permite en ciertos casos el levantamiento o enterramiento de estructuras, ya que muchas veces es imposible conservarlas. Esa decisión se toma con la aprobación del Consejo de Arqueología. En Valle de Bravo, dice, el levantamiento de muros superficiales se hizo porque “prácticamente ya no existían” e incluso “había que proponer hipótesis sobre la forma que pudieron haber tenido”. “Aunado a ello, la política institucional demandada por el Consejo de Arqueología al respecto, le aprueba estas acciones tal como fue el presente caso”.

Dice que el trabajo de salvamento consistió en registrar los vestigios en fotos, dibujos, toma de muestras, y en recuperar acervos.

El INAH en su “Procedimiento de Desarrollo de Investigaciones Arqueológicas –Salvamento y Rescate- en Áreas de Obra de Infraestructura Pública o Privada” indica que entre las medidas para evitar la destrucción o alteración de vestigios cuando se realiza una obra de infraestructura privada, están la recuperación de evidencias y proponer modificaciones al proyecto considerando un área de reserva arqueológica o incorporando las evidencias arqueológicas inmuebles en las áreas verdes o modificaciones al sistema constructivo, como un terraplén. A manera de ejemplo, cita que en algunas carreteras se aplicó el terraplén, permitiendo que los vestigios arqueológicos sean investigados, consolidados y protegidos.

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