Con el año nuevo entraron en vigor las disposiciones del municipio de Querétaro en materia fiscal, que incluyen tres nuevos impuestos y un ajuste en el predial, que implica incrementos de entre 4 y 11%.

La Ley de Ingresos contempla la ejecución de un presupuesto de 2 mil 733 millones 428 mil 346 pesos.

Uno de los impuestos es el Uso de Inmuebles destinados a la Prestación de Servicios de Hospedaje, un 1% que se cobrará a los huéspedes, la recaudación es para programas turísticos.

Los operadores retienen este gravamen que se ejecutará a través de un fideicomiso destinado a la promoción turística, se calcula recaudar 7 millones de pesos; este impuesto es diferente al de Hospedaje que cobra el estado y que va dirigido al dueño del hotel.

Otro de los impuestos es el de Fusión, una obligación tributaria que se pagará por la fusión de predios y que impactará a desarrolladores y dueños de varias propiedades y predios.

La tarifa de este gravamen será 50% de lo que resulte del trámite de traslado de dominio, sólo se tienen 180 casos de fusión durante el 2015 por lo que no impacta a la mayoría de los ciudadanos.

El tercero es el Impuesto por Cambio de Uso de Suelo, que se calculará a partir del excedente entre el valor actualizado y el valor en el momento en que se adquirió el predio.

Además, se establecieron dos derechos, el primero es por la Prestación de Limpieza de Predios Baldíos, con la finalidad de brindar una mejor imagen urbana y mejorar la seguridad de las colonias; se establece como una obligación que deben aplicar los dueños de lotes baldíos por lo menos dos veces al año, además de que el municipio pone a disposición de los ciudadanos el servicio de limpia, con tarifa de 24 pesos por metro cuadrado.

Se propone además, la reformulación del Derecho de Alumbrado Público (DAP) para evitar más amparos y la devolución de impuestos; la reestructuración de este derecho es cobrar con base al costo que representa para el municipio proporcionar el servicio de alumbrado y no por el consumo de energía como ocurre actualmente y que ya ha sido declarado como inconstitucional.

El Predial. La Ley de Ingresos 2016 del municipio de Querétaro, en su artículo décimo, estipula que “para el ejercicio fiscal 2016, el importe del impuesto predial que resulte de aplicar los valores de suelo y construcción, y las tarifas progresivas previstas en el artículo 13 de la presente Ley, no podrá ser superior al 11.05% ni inferior al 4.5% respecto de los impuestos causados en el ejercicio fiscal inmediato anterior”.

Esto en el reconocimiento de una inflación acumulada de los ejercicios fiscales 2013, 2014 y 2015, agrega que “se exceptúan de la presente disposición aquellos supuestos que contemplen las Disposiciones Generales y Estímulos Fiscales de la presente Ley”.

De acuerdo con las disposiciones del Ayuntamiento se establecerán descuentos por pronto pago en las ventanillas de cobro de las delegaciones, Centro Cívico, sucursales bancarias y tiendas de conveniencia.

El nuevo cálculo llegará vía correo tradicional a cada uno de los inmuebles de la capital, o bien se puede consultar el costo e imprimir el recibo vía Internet.

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