Con cuatro votos a favor y dos en contra, el pleno del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) aprobó los lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en el registro y asignación de candidaturas en el proceso electoral ordinario 2017-2018, y que dará inicio el 1 de septiembre.

Este nuevo mecanismo, que fue discutido en aproximadamente 40 minutos, obligará a los partidos políticos a postular de manera alternada a hombres y mujeres en sus listas de candidatos con principios de paridad y equidad de género.

Esto significa que para los candidatos a los ayuntamientos, los partidos políticos deben postular nueve hombres y nueve mujeres; mientras que para las diputaciones, se deben presentar a ocho mujeres y siete hombres.

Asimismo, el dictamen establece que los partidos tienen la obligación de no destinar exclusivamente a un solo género, en aquellos distritos o municipios en los que obtuvieron menor número de porcentaje en las votaciones de la última elección.

Sin embargo, lo anterior no aplica para los partidos de reciente creación y que sea el primer proceso electoral en el que participan.

Pese a las dudas y observaciones realizadas a lo largo de 40 minutos, por parte de los representantes de los diferentes partidos en el estado, Gerardo Romero Altamirano, presidente del IEEQ, aseveró que en esta nueva disposición legal, existen “dudas razonables” por parte de los organismos políticos.

No obstante, aseguró que bajo cualquier circunstancia, no se podrá evadir la paridad.

“El paso que acabamos de dar hoy pretende eliminar la mayor parte de esas dudas de cómo pueden hacer sus postulaciones; sin embargo, como ustedes han sido testigos hemos ofrecido capacitaciones y acercamientos en lo individual a cada una de las fuerzas políticas para que las dudas se aclaren al 100%. En este momento no puedo decir, que alguien tiene la intención de no cumplir”, acotó.

Recordó que de acuerdo a las nuevas reglamentaciones, y con base en las reformas a la Ley Electoral, no es posible que los últimos tres lugares de las listas nominales sean ocupados por mujeres; esto es con la finalidad de evitar que las distritaciones o los espacios en los ayuntamientos que hayan recabado menor cantidad de votos, se destinen a las candidatas mujeres.

“Por encima de la paridad, no están las condiciones. No es una postura personal, incluso está en la ley electoral del estado de Querétaro y en diversos criterios y sentencias que han emitido los tribunales.

“Efectivamente, cuando se decida hacer una coalición parcial o total o flexible, los partidos deben observar que en lo individual estén cumpliendo con los bloques y también la coalición… Tiene que cumplir la paridad”, agregó.

De acuerdo con el reciente dictamen aprobado por las autoridades electorales, en caso de que los partidos políticos no cumplan con estas disposiciones de equidad de género, el IEEQ dará un plazo de 48 horas para que subsanen las observaciones.

En caso de que no acaten en el plazo de las disposiciones de paridad, el Instituto Electoral, por sorteo, podrá designar qué candidatos hombres deberán ser sustituidos por mujeres.

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