Las violaciones al proceso legislativo han mostrado ser, a lo largo de este sexenio, una práctica habitual. Sin embargo, las prácticas que atentan contra el orden constitucional y democrático llegaron hace unos días al máximo imaginable. La aprobación de 20 leyes en cinco horas en el Senado de la República evidencia el desprecio absoluto por las instituciones democráticas, el “agandalle” como práctica recurrente de la 4T y el desprecio absoluto a las instituciones.
Al Presidente le gusta imponer su “estilo personal de gobernar”; empero, lo ocurrido el viernes en el Senado da cuenta de la exigencia de un autócrata. Para evitar la incertidumbre, el Presidente convocó a sus senadores y dio la orden de aprobar todo sin negociación alguna, evidenciando con ello el cariz autoritario del régimen.
Un Estado constitucional no se basa únicamente en leyes escritas; requiere la combinación de principios, reglas y acciones que buscan lograr la congruencia entre lo que está establecido en la Constitución y lo que ocurre en la realidad.
El proceso legislativo es, en una democracia, el instrumento por el cual el poder soberano —el pueblo— convierte su voluntad en reglas generales que debe acatar. La integridad en la elaboración de estas normas es de tal importancia que se han establecido estándares constitucionales mínimos para asegurar que cada ley emanada del Legislativo sea producto de una deliberación inclusiva y justa. Por ello, las violaciones al proceso legislativo infringen las reglas fundamentales del contrato entre representantes y representados. Bajo estas condiciones, si la labor normativa de las y los diputados o senadores no se ajusta al principio democrático, se vulnera la esencia del Estado constitucional.
Hace unas horas, el ministro Alberto Pérez Dayán propuso a la SCJN invalidar el llamado Plan B de la reforma electoral por vicios en el procedimiento de su aprobación por parte del Poder Legislativo. El argumento es que la Cámara de Diputados votó y aprobó una reforma presentada por el Ejecutivo el mismo día que fue dada a conocer. Bajo esta propuesta, se podría invalidar el decreto cuestionado por violación directa a los artículos 71 y 72 de la Constitución federal, esto porque la iniciativa no se conoció a tiempo ni se publicó con la anticipación debida para su discusión en la Cámara de origen, desconociéndose con ello el principio de deliberación informada y democrática, así como los derechos que asisten a la representación popular.
De aplicarse los mismos criterios, las leyes recién aprobadas podrían quedar sin efecto. Toca ver si la SCJN actúa con independencia a pesar de las presiones del Presidente, así como la reacción que tendrán el Ejecutivo y sus huestes. A estas alturas, pareciera que “salto al proceso legislativo” se convertirá en el nuevo deporte nacional.
























