Todo aquel que es funcionario público, tiene acotado el ejercicio de sus atribuciones enmarcadas en las normas jurídicas vigentes. Quien realiza acciones de autoridad fuera de sus atribuciones, comete abuso de poder, abuso que en materia administrativa y penal tiene consecuencias jurídicas, se denomina abuso de autoridad y puede constituir la comisión de un ilícito. Es el caso del senador Gerardo Fernández Noroña, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Senadores. Actualmente el Congreso de la Unión se encuentra en receso, por lo tanto, la Constitución obliga a constituir un órgano distinto durante este periodo, denominado Comisión Permanente; periodo durante el cual no sesionan las mesas directivas, dado que se encuentran en receso, vamos no legislan, no trabajan.

Resulta que el señor Fernández Noroña, excediéndose en sus atribuciones obligó a un ciudadano común a presentarse en el Senado de la República, sentándolo en el “presídium”. Le abrió el micrófono al ciudadano Carlos Velázquez de León, para que públicamente ofreciera disculpas al senador, porque el ciudadano se atrevió a calumniarlo en lugar distinto, cuando el senador no estaba en funciones y más bien se encontraba en una zona de confort fuera de las instalaciones. No se trató de sesión de la Comisión Permanente, tampoco fue sesión de la mesa directiva y no estaban en pleno ¿Entonces? Simple y aberrante abuso de autoridad de las excentricidades a las que está acostumbrado el senador Gerardo Fernández, habiendo humillado al ciudadano ¿Bajo qué amenaza obligó a asistir al ciudadano a pedir disculpas? Por supuesto no habrá minuta que por escrito haya dejado constancia del abuso de poder de esa “autoridad”.

Tribunales federales en México han resuelto categóricamente que, todo aquel que se dedica al ejercicio del servicio público, por definición está sujeto a niveles de crítica ciudadana y periodística, así como de confrontación en grado mayor que las y los ciudadanos en general, evidentemente porque el servidor público tiene el poder y acceso a recursos públicos. Resulta evidente que el senador ejerció un poder de bárbara asimetría; porque Fernández Noroña tiene acceso a recursos públicos, a abogados, a influencia en el Poder, a contrario sensu, el ciudadano no. El hecho de que, desde el poder el senador obligó al ciudadano a actuar en esas condiciones, constituyó un abuso de autoridad, no es un simple abuso de poder; un ilícito el de Gerardo Fernández.

Analista legislativo. @HectorParraRgz

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