Las empresas del estado tienen la obligación laboral de comenzar a repartir utilidades a los trabajadores a partir de este 1 de mayo y hasta el 31 del mismo. Son exentas de dar esta prestación aquellas industrias de reciente creación, las universidades, las paraestatales y las de bajo el régimen de sociedades civiles, informó el procurador de la Defensa del Trabajo en el estado, Miguel Rodríguez Navarro.

Explicó que para el reparto de esta prestación, la empresa tiene que hacer entrega al sindicato de trabajadores de una copia sobre la declaración anual de impuestos que realizó ante Hacienda, esto a más tardar dentro de los 10 primeros días en que la empresa hace el pago de los impuestos.

En caso de que no tenga sindicato, el patrón tiene la obligación de constituir a una Comisión mixta, integrada por representantes de la empresa y de los mismos trabajadores, quienes revisarán la copia de la declaración anual para definir cuánto recibirán de utilidades.

“Del 100% del monto total de utilidades, el 50% se va entregar con base al salario que percibió el trabajador el año anterior, el salario nominal. En el caso de los trabajadores de confianza, si exceden más del 20 por ciento del salario más alto del trabajador operativo, el tope va hacer ese 20%, mientras que el 50% se va a repartir con respecto a las asistencias que tuvo el trabajador”, aseveró.

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