La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en sesión pública llevada a cabo ayer, la sentencia emitida en su momento por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), en relación con la impugnación de la elección en el ayuntamiento de Huimilpan y la convocatoria para la elección extraordinaria.

Según el órgano electoral encabezado por el magistrado presidente Marco Antonio Zavala Arredondo, dichos proyectos se plasmaron en el expediente SM-JRC-313/2015, promovido por el Partido Nueva Alianza (Panal) y el SDC-620/2015, promovido por Juan Guzmán. Ambas contra del TEEQ, por su sentencia emitida en este sentido.

Los actores, se explicó, aseveraron en sus recursos de apelación que la sentencia emitida por el TEEQ carece de fundamentos, justificación y exhaustividad. Además de que dos de las magistradas del Tribunal fueron parciales al resolver el asunto, esto aunado a que no valoraron la votación obtenida en el municipio de Huimilpan.

Sin embargo, los magistrados de la Sala Monterrey coincidieron en desestimar tales motivos, ya que de acuerdo con las razones plasmadas en el proyecto no se acreditó ninguno de los vicios que los promoventes le atribuían a dicho fallo.

Asimismo, señalaron, que los demandantes reclamaban que la valoración de las pruebas realizadas por el TEEQ —como denuncias ante la Procuraduría de Justicia del Estado y testimoniales rendidos sobre hechos ocurridos el día de la elección; al igual que fotografías aportadas por el Partido Acción Nacional (PAN), que fue el promovente del juicio de origen— no pueden tomarse para concluir que se realizaron dichos actos y por lo tanto no debió anularse la elección.

“Si bien es cierto, fue indebida la valoración de algunas de las pruebas de referencia, lo cierto es que sí generan indicios para concluir que desde el día previo a la jornada electoral se generó un contexto de inseguridad para presionar y coaccionar el libre ejercicio del sufragio dentro del proceso electoral dirigido a un sector de la sociedad”, comentaron. Lo anterior, explicaron, en razón a los autos que integran el juicio, donde se demuestra, dijeron los magistrados, que se presentó una denuncia de hechos previo a la jornada electoral del 7 de junio.

En dicha denuncia, destacaron, se establece que cuatro personas armadas entraron al domicilio de la ciudadana Josefina Barrientos Chapa y sus padres fueron amarrados y les robaron documentación, dinero y presumiblemente los amenazaron de muerte para que no salieran de su domicilio el día de la jornada electoral. Esto aunado, añadieron, a que el día de la jornada electoral, un motociclista, de nombre Juan Carlos Licea, reconoció que él y dos de sus acompañantes estaban orientando a los ciudadanos para que votaran por Juan Guzmán.

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