La Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Querétaro no hará público el expediente de la toma de nota de Saúl García Guerrero, a pesar de que el artículo 365 bis de la Ley Federal del Trabajo establece que esta información es pública y debe proporcionarse a cualquier persona que lo solicite. A la letra, dicho artículo indica:

“Las autoridades a las que se refiere el artículo anterior [la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local] harán pública, para consulta de cualquier persona, debidamente actualizada, la información de los registros de los sindicatos”.

“Asimismo, deberán expedir copias de los documentos que obren en los expediente de registros que se les soliciten, en términos del artículo 8º Constitucional, de los dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública gubernamental y de las leyes que regulen el acceso a la información gubernamental de las entidades federativas, según corresponda”, continúa.

Sin embargo, el presidente de la Junta, Jesús Roberto Franco González, y el secretario de Actas, Abraham Tovar Moreno, manifestaron que aunque el artículo está vigente no puede aplicarse, porque en la reforma a la ley realizada en 2012 “no se hicieron los ajustes necesarios a nivel federal” para reglamentar el mecanismo.

“El 365 bis es un dispositivo normativo que no está reglamentado […] No hay disposición secundaria que norme este artículo. Lo que tendrían que hacer es acudir a la Comisión estatal de Acceso a la Información Gubernamental y pedirlo [el expediente]”, aseveró Tovar Moreno.

“Uno de los principios sobre los que se basa del derecho es la analogía. Nosotros actuando con la analogía nos dice el artículo 692 [de la Ley Federal del Trabajo] nos pide que las partes tengan reconocida la personalidad, por eso también necesitamos que ,para intervenir en un expediente, tengan reconocida la personalidad o a través de apoderado legal”, apuntó.

Los representantes legales de la Universidad Autónoma de Querétaro tampoco pueden consultar el expediente de la toma de nota de García Guerrero, acotó al indicar que la ley prohibe la intervención de la parte patronal en cuestiones sindicales.

De acuerdo con lo expresado por el secretario de la JCA, únicamente García Guerrero y su comité, o alguien autorizado por ellos, a través de un poder notarial, podría tener la posibilidad de acceder al expediente.

“Gilberto Herrera y Óscar Guerra ni nadie más, tienen acceso a menos que tengan un poder firmado por el secretario general del SUPAUAQ”, indicó Tovar Moreno.

Al mediodía de ayer, acudió el representante legal de la Universidad Autónoma de Querétaro, Óscar Guerra Becerra, a las instalaciones de la Junta de Conciliación y Arbitraje, junto con un grupo de maestros pertenecientes al Sindicato Único de Personal Académico de esta casa de estudios; sin embargo, el presidente del órgano laboral –a través de su secretaria– le indicó que únicamente lo recibiría en su oficina, a puerta cerrada y junto con una comisión de cinco personas.

Óscar Guerra le solicitó que la audiencia fuera pública, con el objetivo de que los docentes presentes y los medios de comunicación pudieran escuchar los argumentos, a lo que recibió una respuesta negativa, por lo que procedió a retirarse del lugar.

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