Las reformas que se hicieron en octubre pasado al Código Penal del estado de Querétaro no implican sanciones a las expresiones de inconformidad o de protesta, señaló el PAN. 

La nueva norma penaliza diversas conductas, una de ellas —que va de dos a seis años de prisión— es para quien impida la ejecución de una obra o trabajo público.

Este tipo de sanciones ya estaban establecidas en el Código Penal, pero eran menores, pues iban de tres meses a un año de prisión.

Morena, principal opositor a esta iniciativa aprobada el 31 de octubre pasado, la denominó en su momento “Ley Garrote”.

Ante las inconformidades, muchas de ellas expresadas en redes sociales, el grupo legislativo del PAN reconoció que existe la preocupación de que pudiera darse una interpretación distinta a la norma.

Por ello, el partido a través de su dirigente estatal, Agustín Dorantes, informó que en la Legislatura del estado ya han presentado una iniciativa de ley por la que se reformaría este precepto del Código Penal de Querétaro, a fin de que se precise aún más en qué consisten los cambios.

Esta iniciativa, apuntó el dirigente panista, se discutirá a la brevedad en cuanto la Legislatura regrese a la actividad en enero del próximo año.

“Es de reiterarse que la reforma pretende proteger de mejor manera a todas y todos los queretanos, al construir el marco normativo que permita a la autoridad actuar de manera oportuna para prevenir y, en su caso, sancionar a quienes, persiguiendo intereses u objetivos personales, pongan en riesgo la vida y la salud de todos, ya sea por facilitar el contagio; por impedir la atención de las personas enfermas o por imposibilitar la realización de acciones para proteger estos derechos o por entorpecer la construcción de obras que sean necesarias para ello”, detalló.

Puntualizó que, a través de los años, el Poder Legislativo de Querétaro  se ha caracterizado por tener la responsabilidad y facultad de escuchar las diferentes manifestaciones que existen en la sociedad; sin embargo, también tiene la obligación de cuidar y salvaguardar la integridad de los ciudadanos.

Otras de las conductas que se castigan con dicha reforma al Código Penal son: tres a seis años de prisión, para quienes son sabedores de que tienen una enfermedad grave en periodo infectante y que pongan en peligro de contagio la salud de otras personas.

También, ahora, se darán de tres a seis años de cárcel, y de 500 a mil  días de multa, al que “utilice cualquier medio para convocar, organizar, promover o difundir la coordinación o ejecución de saqueos, daños, robos o cualquier acto violento que afecte a tiendas de autoservicio, mercados de alimentos, gasolineras, tiendas de abarrotes, farmacias, hospitales, comercios o cualquier otro tipo de instalaciones públicas o privadas”.

La modificación, reiteró el PAN, está dirigida a “prevenir y sancionar acciones que inhabiliten a la autoridad para llevar a cabo las obras, con lo que se pondría en riesgo grave la salud y la vida”.

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