Política

Para agosto, ley de modificación de tarifa

Los concesionarios del transporte público podrán solicitar al Instituto Queretano del Transporte (IQT), una revisión a la tarifa cuando se haya rebasado el nivel de inflación requerido para tal efecto y presentando un estudio técnico actualizado.

Foto: ARCHIVO. EL UNIVERSAL
26/07/2017 |02:15Paulina Rosales |
Redacción Querétaro
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La iniciativa de ley para actualizar la tarifa del transporte podría dictaminarse en los siguientes días en el Congreso local, informó Antonio Zapata Guerrero, diputado presidente de la Comisión de Movilidad Sustentable y quien propuso una reforma en marzo a los artículos 163 y 164 de Ley de Movilidad para el Transporte en el estado.

De acuerdo con la reforma del diputado panista, los concesionarios del transporte público podrán solicitar al Instituto Queretano del Transporte (IQT), una revisión a la tarifa cuando se haya rebasado el nivel de inflación requerido para tal efecto y presentando un estudio técnico actualizado.

Además plantea que la revisión se realice de forma periódica cuando el nivel de inflación rebase 10% y señala que, si en el lapso de dos años, contados a partir de la última revisión de la tarifa vigente, no se ha actualizado el supuesto nivel de inflación requerido, se llevará a cabo la revisión de la tarifa correspondiente.

Según Zapata, dicha iniciativa podría aprobarse en la primera sesión de pleno de agosto, mes en el que dijo, se modificaría, en caso de ser aprobada, la tarifa actual tasada en 8.50 con pago en efectivo, 8 pesos por medio de la tarjeta y 4 en tarifa preferente.

Al ser cuestionado por el rezago que mantienen el dictamen de la propuesta, dijo que existe una parte “técnica” en la ley “estuvo atorada”, pues falta definir si la revisión en la tarifa se realizará con base en una fórmula o con base en el nivel de inflación que presente la moneda.

Acotó que deberá de revisar con el IQT la revisión a la tarifa además de la operatividad de los carriles confinados para el desplazamiento de los autobuses.

La ley de Movilidad para el Estado establece que el Poder Ejecutivo, a través del IQT, determinará y autorizará las tarifas del transporte y sus sistemas de cobro, las cuales se aplicarán con base en los estudios técnicos y de costos, así como en los compromisos de mejora de los servicios a cargo de los concesionarios.

Asimismo, la ley señala que las tarifas que se fijen para las diferentes modalidades del servicio, deberán ser suficientes para cubrir los costos fijos y variables de operación, de inversión y para el mejoramiento del servicio y una utilidad razonable para el concesionario.

En su momento, Alejandro López Franco, titular del IQT, mencionó que no existirá un aumento en la tarifa del transporte público, hasta que existan mejoras en el servicio.