Óscar García González, magistrado del Tribunal Municipal de Responsabilidades Administrativas (TMRA), informó que el ex secretario de Obras Públicas en el municipio de Querétaro, Santiago Martínez Montes, fue inhabilitado para ejercer dentro del servicio público durante cinco años, ya sea en la administración municipal, estatal o federal.
“No nada más fue de tipo disciplinario; la inhabilitación de cinco años a nivel municipal, estatal y federal se hace extensiva”, explicó García González. Dijo que Martínez podrá trabajar en empresas privadas, en el sector académico, pero no en el servicio público.
Las sanciones disciplinarias sólo se aplican de manera exclusiva al servidor público que se encuentre inmerso o señalado en la falta. En este caso, la falta corresponde al entonces secretario de Obras Públicas Municipales, Santiago Martínez Montes, “por una mala planeación y ejecución de obras públicas y deficiente servicio”.
García González mencionó que el procedimiento se llevó por los cauces legales, por lo que “ya tenemos resolución”. Los contratistas han hecho el reintegro total a las arcas municipales de cuatro millones 750 mil pesos, cosa que el funcionario denominó como “inédita” para el municipio de Querétaro.
La inhabilitación de Martínez se sustentó en las auditorías de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado (ESFE), de la Entidad Superior de Fiscalización Municipal (ESFM) y de la Secretaría de la Función Pública, (SFP), en las que se estipulan diversas anomalías aplicables a la Secretaría de Obras Públicas, informó el magistrado.
Indicó que son señalamientos de tipo disciplinario y “solicitaban algunos reintegros a las empresas que ejecutaron la obra pública”.
Santiago Martínez estuvo al frente de la Secretaría desde el 1 de octubre de 2009 al 22 de noviembre del 2011, durante la gestión de Francisco Domínguez Servién.
El magistrado del TMRA indicó que dio inicio la investigación en la que se sujetó a procedimiento administrativo “tanto al señor Santiago Martínez Montes como a las empresas, a fin de que estas últimas hicieran los reintegros correspondientes por la existencia de errores en el servicio público, falta de supervisión, de planeación y deficiencias en la ejecución de las obras”.
Señaló que la responsabilidad es del contratista porque es él quien lleva la obra. Dijo que “no se puede hablar de que el ex secretario realizó desvíos, pues al concluir la obra se reconfigura el gasto erogado contra el aplicado; si se determinan algunos volúmenes de diferencia es cuando el contratista tiene que reintegrar ese dinero”, dijo.