Natividad Sánchez

Cruceros, paraíso flotante ¿sin seguridad en altamar?

Sé que se preguntarán: ¿y el capitán? Los capitanes de barco tienen autoridad legal a bordo, pero no son jueces

Abordar un crucero siempre evoca la imagen de vacaciones despreocupadas: cenas elegantes, piscinas infinitas y destinos exóticos. Pero detrás del glamour y el entretenimiento se esconde una realidad poco discutida: la seguridad de los pasajeros y la ambigüedad legal que rige estas ciudades flotantes. En tierra firme, si ocurre un delito, una agresión, una desaparición, o un robo, hay leyes, jurisdicciones y sistemas judiciales que pueden intervenir. Pero, ¿qué pasa cuando el crimen ocurre en medio del océano, fuera de las aguas territoriales de cualquier nación? Aquí viene lo bueno, una vez que un crucero zarpa y se adentra en aguas internacionales (normalmente a 12 millas náuticas de la costa) entra en “altamar” y, lamentablemente, temo decirles que “altamar es territorio de nadie”, pues en esa zona, un crucero ya no está bajo la soberanía del país del que partió, y queda regido por el llamado “principio del pabellón”: la legislación del país cuya bandera ondea en la popa del barco. Esto es comúnmente un estado con regulaciones flexibles, como Panamá, Bahamas o Malta, seleccionados por las navieras por motivos fiscales y operativos. Este sistema crea una paradoja legal: un pasajero puede embarcar en España, sufrir un delito entre Italia y Grecia, pero depender de las autoridades de un país con el que no tiene ningún vínculo, y que quizá ni siquiera cuenta con capacidad para investigar, y, adivinen, la justicia queda en el aire.

Los incidentes en los cruceros son más comunes de lo que se cree. Casos de abuso sexual, desapariciones inexplicables, intoxicaciones, peleas e incluso muertes han sido documentados por pasajeros, familiares y organizaciones como la International Cruise Victims Association (ICV). Un reporte del Congreso de EE. UU. reveló que los delitos en cruceros están severamente subnotificados, ya que las navieras, en su afán de mantener una imagen impoluta, muchas veces no denuncian incidentes o los resuelven “internamente”, sin contactar a las autoridades competentes. Sé que se preguntarán, ¿y el capitán? Los capitanes de barco tienen autoridad legal a bordo, pero no son jueces. Son empleados de la naviera, y sus intereses están alineados en proteger la reputación de la empresa. El personal de seguridad, aunque capacitado, no es parte de una fuerza pública. En teoría, los cruceros están obligados a garantizar la seguridad a bordo. Sin embargo, hay grandes variaciones entre las compañías. Incluso las investigaciones dependen de la cooperación de las mismas, que tienen poder para limitar el acceso a evidencia clave, y si no hay voluntad política ni presión mediática, muchos casos quedan impunes. Es un juego de intereses. La industria genera millones de dólares, dimensión que ha permitido operar con márgenes bastante holgados, sin una regulación internacional.

Queridos lectores, con esta nueva ola del romanticismo de los viajes, muchas veces dejamos de lado el tema de nuestra seguridad. Pero es vital ser conscientes de los riesgos y limitaciones que existen en espacios donde no hay jurisdicción clara, y no, la solución no dejar de viajar o de subir a un crucero, sino exigir mayor transparencia y regulación internacional. La industria necesita normas claras, protocolos de denuncia obligatorios y supervisión por parte de organismos independientes, tratados bilaterales o multilaterales que faciliten la cooperación jurídica entre países ante delitos cometidos en alta mar. Porque el mar, aunque abierto y libre, no puede seguir siendo un refugio para la impunidad.

Periodista y conductora

Premio Internacional de

Periodismo Turístico 2022

Otorgado por la OMPT

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