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Estamos a mediados del ejercicio fiscal 2025 y recientemente se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución de Facilidades Administrativas (RFA), que otorga diversos beneficios a ciertos sectores productivos con el fin de simplificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y, a la vez, incentivar su actividad económica.
Las facilidades administrativas son disposiciones que permiten a determinados contribuyentes cumplir con sus obligaciones de forma más sencilla, reduciendo requisitos de comprobación o agilizando ciertos procesos. En esta ocasión, los sectores beneficiados son el transporte terrestre de carga y de pasajeros, transporte marítimo y aéreo, así como las actividades primarias de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. Estos sectores, por la naturaleza de sus operaciones, suelen enfrentar mayores complicaciones para reunir comprobantes fiscales, acreditar gastos o deducir ciertos costos que se generan en lugares donde la infraestructura y el acceso a medios electrónicos es limitado.
Según la RFA 2025, los contribuyentes de estos sectores podrán aplicar deducciones adicionales, facilidades para emitir comprobantes fiscales globales en operaciones con el público en general, acreditar el IEPS en la adquisición de combustibles en zonas rurales y, en algunos casos, deducir de manera inmediata inversiones en activos fijos. Este tipo de facilidades no solo reduce la carga administrativa, sino que también contribuye a mejorar la liquidez de las empresas, lo que puede traducirse en una mayor capacidad para reinvertir en su operación, mantenimiento o ampliación de servicios.
Ahora bien, es importante señalar que estas facilidades no son automáticas. La aplicación de la RFA 2025 es opcional, pero requiere cumplir con ciertas condiciones: presentar en tiempo las declaraciones fiscales correspondientes, conservar la documentación que respalde las operaciones, aunque sea de manera simplificada, y no encontrarse en los listados del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que identifica a contribuyentes con operaciones inexistentes. Además, en algunos casos se requiere presentar avisos ante el SAT para manifestar la intención de aplicar estos beneficios.
En este sentido, las empresas y personas físicas que pertenezcan a los sectores señalados deberán evaluar con su contador o asesor fiscal la conveniencia de acogerse a estos beneficios. Esto implica revisar su flujo de ingresos y gastos, así como estimar el impacto de las deducciones y estímulos permitidos. En muchos casos, el uso de la RFA puede significar ahorros relevantes en el pago de impuestos y una simplificación operativa que libere tiempo y recursos para el negocio.
La resolución publicada el pasado 18 de julio de 2025 representa, sin duda, una herramienta de apoyo para sectores estratégicos de la economía nacional. Sin embargo, como cualquier disposición fiscal, su aprovechamiento dependerá de que los contribuyentes conozcan con detalle su contenido y cumplan puntualmente las reglas que la acompañan.
El SAT establece estas facilidades como un apoyo directo a sectores estratégicos de la economía nacional.