Terminamos el mes recordando la importancia de que las empresas cumplan con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), normativa clave en la estrategia nacional contra el lavado de dinero. Esta normativa, fundamental en la lucha contra el lavado de dinero, establece obligaciones específicas para ciertos sectores económicos, con el objetivo de proteger la economía formal y fortalecer la transparencia financiera.
La LFPIORPI no sólo busca cumplir con estándares internacionales, también es un instrumento que resguarda a las empresas de ser utilizadas como canales para operaciones ilícitas. El desconocimiento o el incumplimiento de esta ley puede derivar en severas sanciones económicas, administrativas y en casos graves, en responsabilidad penal.
Además, deben presentar avisos mensuales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando las operaciones superen los montos definidos, conservar por al menos cinco años la documentación correspondiente y estar preparados para atender visitas de verificación por parte de las autoridades competentes.
Un elemento clave es la implementación de controles internos sólidos que aseguren que todos los procesos se ejecuten bajo lineamientos claros, minimizando riesgos y fortaleciendo la estructura operativa de la organización. La capacitación constante del personal encargado y la asesoría especializada son también componentes estratégicos para garantizar una aplicación adecuada de la norma.
El cumplimiento no debe verse como una carga administrativa, sino como una oportunidad para mejorar la reputación empresarial, demostrar compromiso con la legalidad y generar confianza entre clientes, inversionistas y socios comerciales. Cumplir con la LFPIORPI hoy, puede evitar consecuencias mayores mañana.
Este cumplimiento puede ser clave para empresas que buscan operar con transparencia, protegerse de sanciones y construir relaciones sólidas en el entorno de negocios.
Esta ley fue reformada el pasado 16 de julio de 2025 estableciendo un panorama regulatorio que expande las obligaciones a nuevos sectores y fortalece las herramientas de supervisión. Dentro de las principales adiciones y actualizaciones se mencionan las siguientes:
Nuevas obligaciones de las Actividades Vulnerables.
Incorporación de la UMA en sustitución al SM.
Aumento de sanciones por incumplimiento.
Los sujetos obligados deberán evaluar con un Enfoque Basado en Riesgos.
Profundiza la obligación de identificar al Beneficiario Controlador en todas las actividades vulnerables.
Para Personas Morales se hace obligatorio recabar documentación que permita identificar a su Beneficiario Controlador.
Introducción de la definición de Personas Políticamente Expuestas (PEP).
Obligación de reportar avisos de 24 horas en caso de sospecha o indicios de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Establecimiento de régimen simplificado de identificación para clientes públicos.