La violencia contra las mujeres muta y se adapta para tomar nuevas formas. Un ejemplo es la aceptación de los y las juezas del desbancado “Síndrome de Alienación Parental” o SAP, para determinar la custodia de menores de edad.

A pesar de su uso indiscriminado y gran popularidad entre jueces y juezas, el SAP (invento del psiquiatra Richard Gardner en 1985), ha sido rechazado por la Organización Mundial de la Salud, la Asociación Americana de Psicología y legislaciones nacionales de diversos países, como la española, por su evidente falta de rigor científico.

En 2022, el Comite´ de Expertas del MESECVI y la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer de las Naciones Unidas, expresaron su preocupación por el uso ilegítimo y desmedido del SAP en contra de las mujeres, sobre todo las más precarizadas y violentadas. En un comunicado conjunto, el grupo de expertas señaló que la aceptación del SAP, en los casos de mujeres que han denunciado violencia a manos de sus parejas o en contra de sus hijas e hijos, constituye una forma de violencia institucional generada por integrantes del Poder Judicial en contra de las mujeres.

Esta violencia la han experimentado miles de mujeres víctimas de violencia familiar que pierden la custodia de sus hijos e hijas cuando sus casos son juzgados por jueces y juezas que encuentran en el SAP sustento para imprimir sus prejuicios y creencias personales en las sentencias.

Si bien durante la Presidencia de la Dra. Mariela Ponce al frente del TSJEQ ha habido avances importantes en la erradicación de estas prácticas en los juzgados familiares, la realidad es que siguen ocurriendo con suma frecuencia.

Las y los juzgadores que omiten ir al fondo la violencia ejercida contra la madre y aceptan sin cuestionar los “diagnósticos” de SAP para negarle la custodia o decretar custodias compartidas con el agresor, colocan en un grave riesgo a las niñas y niños y sus madres. En apego a la Convención de Belém do Para´, las y los jueces deben siempre considerar la violencia familiar y de pareja como factor fundamental en su determinación de las custodias.

Por eso es tan importante prohibir, de manera explícita, que se desacredite el testimonio de violencia con base en el SAP y supervisar la labor judicial a fin de identificar la violencia institucional que experimentan las mujeres durante sus procesos judiciales.

Por esta razón, todo el personal que participa en el estudio del caso y la decisión jurídica, debe regirse por los principios de interés superior de la infancia, igualdad entre hombres y mujeres y debida diligencia, además de comprender las violencias contra las mujeres y utilizar la perspectiva de género y de interseccionalidad como herramientas de análisis.

El TSJEQ debe implementar medidas urgentes para eliminar de raíz todas las prácticas institucionales que perpetuan o toleran la violencia contra las mujeres.

Estoy segura que con la Magistrada Ponce al timón, así será.

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