Nuevamente la violencia política arrebata la vida a otra mujer. Yesenia Lara, candidata de Morena a la alcaldía de Texistepec, en Veracruz fue asesinada junto con otras tres personas el 11 de mayo por la noche. Su feminicidio se transmitió en vivo en diversas plataformas y redes sociales.
Más cerca de casa, el 1 de abril de 2024, Bertha Gisela Gaytán Gutiérrez, candidata a la alcaldía de Celaya también fue ultimada con un arma de fuego. Ese mismo año, el 5 de marzo, en Michoacán, Karla Citlalli Herrera González, dirigente del Partido Encuentro Solidario fue acribillada a tiros. En Guerrero, Guadalupe Guzmán Cano, Consejera Estatal del Partido de la Revolución Democrática y precandidata a la alcaldía de Atlixtac, fue asesinada el 24 de enero de 2024.
El Artículo 20 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, define a la violencia política contra las mujeres en razón de género como toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
Esta violencia puede ser perpetrada, entre otras, por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, dirigentes, militantes o simpatizantes de partidos políticos, candidatos, particulares y medios de comunicación.
Además del homicidio, muchas mujeres que han optado por participar en la vida política han recibido amenazas en contra de sus hijos e hijas, parejas, amistades o familiares. Otras han sido exhibidas en medios de comunicación, que han compartir fotos íntimas, reales o generadas con Inteligencia Artificial de las candidatas por considerarlo "de importancia para el público".
Ya en el cargo muchas se convierten en blanco de comentarios misóginos o sexistas. Tal es el caso del ex-diputado chihuahuense Mario Mata Carrasco, del Partido Acción Nacional, quien fue incorporado al registro de sujetos infractores por violencia política en razón de género del Instituto Nacional Electoral, debido a comentarios en sus redes sociales en contra de la senadora de Morena Bertha Caraveo.
El artículo 38 de la Constitución Mexicana señala que ninguna persona podrá ser registrada como candidata para algún cargo de elección popular ni para formar parte del servicio público si cuenta con sentencia firme por violencia política contra alguna mujer en razón de género.
A pesar de la ley, la violencia política contra las mujeres por razón de género sigue cobrando víctimas.
Titular de Aliadas Incidencia
Estratégica e integrante de la
Red Nacional de Alertistas.
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