Lidia Aurora López Núñez

¿Violación de derechos humanos por uso de IA?

El Diccionario de la RAE define la inteligencia artificial como la “Disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico.” Al igual que cualquier aprendizaje tiene sesgos, que se maximizan, lo que lleva a comportamientos que pueden discriminar.

Analicemos dos ejemplos de uso de IA, en el primero se investigó la razón por la cual el número de personas privadas de su libertad y sentenciadas era en mayor número de población negra y latina en Massachusetts, lo que llevó a que la Universidad de Harvard a utilizar IA, el resultado fue que se revocaron más de 22 mil condenas por delitos relacionados con drogas, esto fue posible a través de la ciencia de datos.

El segundo ejemplo es el reconocimiento y recopilación de información derivada de la digitalización de rostros, realizada por MIT y la Universidad de Stanford , quienes investigaron cómo se entrena a la IA a reconocer los rostros y que empresas como Microsoft o IBM cometían un mayor número de errores al identificar el género de personas de piel oscura, especialmente mujeres, en comparación con personas de piel clara.

A nivel internacional, se considera el reconocimiento a la propia imagen, así como a la privacidad, dentro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual señala que “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

El derecho interno mexicano prohibe cualquier tipo de discriminación, por lo que la regulación del uso de la inteligencia artificial es necesaria para evitar su aplicación en perjuicio de los derechos humanos.

La Constitución en su artículo 16, reconoce la protección de los datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

Pero no existe una ley especial para el uso indiscriminado de la información mediante la IA, en un país donde se discrimina por múltiples razones, muchas relacionadas con apariencia, género, color de piel, etc., es indispensable regular el uso de la inteligencia artificial.

Te recomendamos