Los artículos 4 y 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconocen la igualdad de género y la libertad de expresión, lo que implica que la libertad de expresión debe ejercerse sin discriminación de género.
La perspectiva de género en la libertad de expresión busca reconocer y abordar estas desigualdades, promoviendo un entorno en el que todas las personas puedan expresarse libremente sin discriminación ni violencia.
El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) reconoce que "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".
El artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) reafirma la libertad de expresión y añade obligaciones para los Estados de proteger este derecho. Además, el Comité de Derechos Humanos ha señalado que los Estados deben adoptar medidas específicas para evitar la discriminación de género en el acceso a la información y la expresión.
El artículo 7 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) señala que la CEDAW exige a los Estados partes garantizar que las mujeres puedan participar plenamente en la vida pública y política, lo que incluye el acceso igualitario a los medios de comunicación y la libertad de expresión., establece que las mujeres deben tener el derecho de expresar sus opiniones en igualdad de condiciones con los hombres.
La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing subraya la importancia de los medios de comunicación para promover la igualdad de género y combatir los estereotipos que limitan la participación de las mujeres en el espacio público. Manifestaciones en contra de mujeres, de diferentes características, profesiones y formación, no debe ser respetado, tolerado ni promovido.
Los medios de comunicación deben adoptar políticas de equidad de género en sus contenidos, promover historias y narrativas que empoderen y promuevan la equidad y la inclusión. Es urgente garantizar la seguridad de las mujeres periodistas e implementar medidas, así como protocolos para prevenir la violencia de género.
Se deben adoptar leyes y políticas que promuevan la igualdad de género en el ejercicio de la libertad de expresión, incluyendo medidas para prevenir y sancionar la violencia de género.
La libertad de expresión con perspectiva de género es un componente esencial para construir sociedades más igualitarias y democráticas. Persisten barreras que limitan el acceso pleno de las mujeres y personas diversas a este derecho. Es responsabilidad de los Estados, los medios de comunicación y la sociedad en su conjunto garantizar que todas las personas, sin importar su género, puedan expresarse y participar libremente, sin temor a violencia o discriminación. Solo así podremos avanzar hacia un mundo en el que la libertad de expresión sea verdaderamente universal y equitativa. #UnaDisculpaNoBasta#NoEsHumorEsViolencia#RespetoalTrabajoDeMujeresPeriodistas