En 1988 se celebró el primer Congreso Nacional sobre Desarrollo Urbano y Seguridad Estructural, donde se constituyeron 31 comités estatales con la participación activa de los tres órdenes de gobierno, colegios de ingenieros civiles y de arquitectos, universidades, centros de investigación, cámaras y asociaciones técnicas relacionadas. Del comité por Querétaro se obtuvo su Reglamento General de Construcciones de 1990 (RGCEQ90), en el cual la Universidad Autónoma de Querétaro, el Colegio de Ingenieros Civiles (CICQ) y el Colegio de Arquitectos (CAEQ) de nuestro estado tuvieron una participación relevante, entre otras dependencias. El propósito de reglamentar y mejorar los reglamentos existentes surgió en ese congreso, reciamente impulsado por el terremoto de 1985 que tanto daño causó a la Ciudad de México y a todo el país. Además de subrayar la necesidad de que todas las entidades federativas y las principales ciudades del país contaran con reglamentos que incorporaran los avances de la planeación del desarrollo urbano, la ingeniería geotécnica y estructural.
Las condiciones geológicas y la geografía física (fisiografía) del territorio queretano son diversas, lo cual tiene relación con el análisis y diseño de cualquier tipo de construcción, por lo que es necesario que cada municipio cuente con su reglamento.
El RGCEQ90 parece ser el documento que se tomó como referencia principal para que surgiera el reglamento de construcción del municipio de Querétaro del año 2000, mismo que incorporó avances relativos a la zonificación del propio municipio. También en este reglamento municipal fue significativa la participación de la UAQ, el CICQ y el Colegio de Arquitectos de nuestro estado.
El Código Urbano del estado de Querétaro, vigente desde el año 2012 (CUQ12), señala en su artículo 18 que los municipios del estado —a falta de reglamentación en materia de construcción— deberán aplicar el Título Cuarto, correspondiente a las construcciones y, en su caso, la reglamentación que expidieren deberá ser congruente con este ordenamiento al contar con sus reglamentos de construcción, acordes a sus propias características. Sin embargo, deja incertidumbre en lo relativo a la forma más adecuada de atender los requerimientos de un reglamento hecho a la medida de los municipios que no tienen uno adecuado a su geografía física y características geotécnicas. El CUQ12 es un logro excelente, pero no suficiente para regular la construcción estatal, tal como se encuentra, y queda la duda de si acaso el RGCEQ90 quedó abrogado al aprobarse el CUQ12.
Hoy se cuenta con reglamentos de construcción para los municipios de Querétaro (año 2000 y con actualizaciones hasta el 2008, que es el más completo y avanzado), Pedro Escobedo (2013), San Juan del Río (2014), Tequisquiapan (2013), Cadereyta de Montes (2013), Pinal de Amoles (2015) y Jalpan de Serra (2013). Por otro lado, no presentan reglamentos 11 municipios: Corregidora, El Marqués, Huimilpan, Amealco, Tolimán, Ezequiel Montes, Colón, Peñamiller, Arroyo Seco, San Joaquín y Landa de Matamoros.
Es de esperarse que los municipios de la ZMQ que carecen de reglamento en esta materia aprovechen el del municipio de Querétaro, comparten varias características geotécnicas y de geografía física y, en cierta medida, también los de los valles centrales. Los municipios de la Sierra Gorda presentan mayores diferencias, así como los del semidesierto, por lo cual requieren reglamentos más acordes a la zona en que se encuentran y no resulta pertinente transcribir tal como se encuentra lo correspondiente al RGCEQ90, si bien es cierto que mucho de lo que ahí se tiene resulta de gran utilidad actualmente. Es primordial que los reglamentos existentes sean mejorados y que se elaboren los faltantes, así como las normas técnicas complementarias.
Ex rector de la UAQzepeda@uaq.mx