Jesús Rodríguez Hernández

Constitución: reglas para la convivencia

05/03/2020 |06:00Jesús Rodríguez Hernández |
Redacción Querétaro
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Una constitución es un acuerdo de reglas de convivencia, es decir un pacto político y social. Se llama así porque integra, establece, organiza y constituye las normas que rigen a la sociedad de un país. Sirve para constituir un Estado, para organizarlo y ponerle límites al poder. Igualmente sirve para garantizar la dignidad de las personas.

Una constitución se mantiene ‘viva, funciona y evoluciona por la participación de los ciudadanos y de sus representantes; si no conocemos ni reclamamos nuestros derechos, entonces se puede decir que no hay una constitución viva.

Una constitución convoca, conjunta y articula a la sociedad de un país, es incluyente con todas las personas, grupos, sectores, segmentos, regiones, culturas etc. Asegura que la vida comunitaria se desarrolle con orden, así como las libertades individuales y colectivas a través del reconocimiento de los derechos con los que nacen las personas y garantiza su cumplimiento.

Otra parte muy importante es la organización del ejercicio de los poderes del Estado para conjuntar y ordenar la interacción de los tres órdenes de gobierno, que son el federal, el estatal y el municipal.

Pero sobre todo, busca la prevalencia de valores, principios, guías y normas de conducta, que son la suma de derechos y responsabilidades de cada habitante de un país.

Como se aprecia, la Constitución es la norma suprema que regula la vida jurídica de nuestro país, no hay nada, ninguna otra Ley puede tener más categoría; de ésta parte todo el sistema jurídico. Es la piedra angular del Derecho.

La Constitución no debe normar todo, para eso hay leyes generales, federales, ordinarias, reglamentos, decretos, etc.

Algunos de los artículos constitucionales son de carácter reglamentario, extensos, con aspectos que no deberían contenerse en una Constitución. No es conveniente ni necesario que todos los aspectos de la organización y funcionamiento de los órganos constitucionales se encuentren incorporados a la ley fundamental.

Por lo anterior, resulta carente de técnica legislativa la gran cantidad de asuntos que reglamenta el artículo 41 constitucional, precisamente por esa razón, se ha modificado con frecuencia, y la consecuencia ha sido el excesivo número de reformas constitucionales, trece reformas desde 1977 al pasado 2019.

En la reforma constitucional político-electoral de 1977 se introduce por primera vez la obligación de que los partidos políticos cuenten, de manera equitativa, con los recursos necesarios, para el desarrollo de sus actividades.

En 1993, se reforma nuevamente el artículo 41 constitucional para establecer que el financiamiento ordinario y de campaña de los partidos políticos, se sujetará a las disposiciones que establezca la ley.

Con la reforma electoral de 1996, se establecen como tipos de financiamiento público de los partidos políticos los siguientes: a) ordinario, b) obtención del voto y c) actividades específicas.

En 2007 el financiamiento ordinario se calcula con base en el total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral y, en su momento, el 65 por ciento del salario mínimo. Su distribución se mantiene en los mismos términos (70-30).

En la reforma electoral de 2016, solo se actualizó el texto constitucional para sustituir la referencia al salario mínimo por la Unidad de Medida y Actualización como factor de cálculo.

En 2019, se garantiza la paridad de género, en las candidaturas a los distintos cargos de elección popular. En reforma posterior, se legisló para los procesos de revocación de mandato, el INE deberá realizar aquellas funciones que le correspondan para su implementación.

Desde la perspectiva formal, los temas que reglamenta el artículo 41 Constitucional son abundantes, excesivos. No hay que perder de vista que una Constitución contiene diversos aspectos para la integración del Estado: una evolución social, política, económica, demográfica y jurídica pero, no hay duda alguna, muchos de esos temas fueron superfluas o innecesarias, no sirven para la democracia.

Este tema continuará…

Expresidente municipal de Querétaro y exlegislador federal y local. @Chucho_RH

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