Todas las mañanas, al llegar a la universidad, camino por el pasillo del cuarto piso y me detengo un momento para voltear hacia el horizonte, al menos hasta donde alcanzo a ver. Quienes vivimos o trabajamos al norte de la ciudad tenemos la dicha de contemplar Peña Colorada como parte de nuestro paisaje cotidiano. A veces verde, otras de color sepia, pero siempre presente como una gran cortina que es el fondo en el que transcurren nuestros días. Sin embargo, Peña Colorada representa mucho más que ese paisaje que disfrutamos. Esta área natural beneficia a toda la ciudad, porque sus casi cinco mil hectáreas contribuyen a la infiltración del agua, la conservación de la biodiversidad y la regulación de los procesos ambientales de una zona metropolitana cada vez más extensa.

Después de varios intentos por protegerla, y una intensa actividad de grupos ambientalistas en el estado, el gobierno federal declaró en mayo de 2023 a Peña Colorada como Área Natural Protegida. La decisión estableció restricciones al aprovechamiento de los terrenos, lo que generó inconformidad entre algunos propietarios y comunidades ejidales. El conflicto llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en agosto de este año resolvió diversos amparos y confirmó que el derecho de propiedad puede estar sujeto a restricciones por razones de protección ambiental. Esto es importante porque reconoce que existen recursos naturales cuya conservación responde al interés colectivo y que, por lo tanto, las decisiones sobre su aprovechamiento tienen implicaciones que trascienden los intereses particulares.

No obstante, en este texto quiero señalar otra arista de la discusión que considero que merece atención. Aunque los beneficios ambientales de proteger Peña Colorada benefician a una población, que es muy amplia, las restricciones recaen directamente sobre quienes poseen los terrenos dentro del área protegida. Además, las condiciones de estas personas son distintas. Para algunas familias ejidatarias, la tierra constituye parte de su patrimonio y de sus posibilidades de obtener ingresos; para otros actores, representa una inversión asociada a las expectativas de crecimiento inmobiliario. La propia SCJN reconoció la necesidad de que las autoridades se pronuncien sobre los estímulos fiscales y las retribuciones económicas previstos en la legislación ambiental para las personas ejidatarias. Esto abre una discusión necesaria sobre los mecanismos que permitan conservar el territorio y, al mismo tiempo, atender los efectos económicos de las restricciones. Conviene distinguir entre apoyar a las comunidades que participan en la conservación y compensar las expectativas de ganancias derivadas de posibles desarrollos inmobiliarios.

Aquí encuentro una responsabilidad que corresponde particularmente a las instituciones públicas. La protección ambiental requiere recursos para la vigilancia, la restauración y el manejo del territorio, así como acuerdos con quienes tienen derechos sobre la tierra. Pero también necesita una política urbana coherente. Resultaría contradictorio proteger Peña Colorada mientras se continúa promoviendo un modelo de expansión que incrementa la presión sobre sus alrededores y otros espacios naturales. Querétaro necesita vivienda de bajo costo y servicios, y precisamente por eso es importante discutir dónde, cómo, bajo qué condiciones y, sobre todo, a qué grupos sociales beneficia el desarrollo de la ciudad.

Hoy lunes 12 de octubre de 2026, a las 7 pm, tendremos un foro virtual académico y ciudadano que se convoca desde la universidad. Espero que puedan conectarse. La invitación está abierta al público en general.

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