El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación vuelve a destrozar la Constitución al revocar por mayoría de votos los acuerdos del Instituto Nacional Electoral que determinaban la inelegibilidad de varios aspirantes a juzgadores que participaron en el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación. A pesar de que, dichos aspirantes no cumplieron con los requisitos constitucionales, 3 magistrados de la Sala Superior, deciden que sí son elegibles y debe el INE otorgarles las constancias de mayoría. Los inconformes que habían sido declarados inelegibles, acudieron al TEPJF, presentando demandas de juicios de inconformidad al considerar que el INE se había excedido en sus atribuciones al realizar la verificación de los requisitos de elegibilidad.
En la semana que concluyó los 3 magistrados oficialistas, plenamente identificados como subordinados del poder morenista, volvieron hacer de las suyas con la ley y, sin respetar lo que exige la Constitución, deciden que eso no importan, simplemente al considerar que el Consejo General del INE no tiene atribuciones para ello, para revisar los requisitos de elegibilidad, esos que no revisaron los integrantes de los Comités de Evaluación del Poder ejecutivo y Legislativo ¿Entonces? A estos magistrados se les hace más fácil incumplir con la Carta Magna, hacer caso omiso de su texto, que aplicarla; simple y llanamente la Sala Superior procedió a revocar los acuerdos al considerar que el ejercicio de verificación del promedio de calificaciones realizado por el INE no se ajustó a derecho y debe quedar sin efectos. Dado que son la última instancia revisora, nada se puede hacer; la oposición no se atreve a iniciarles juicio político para destituirlos. De tal suerte que los incumplidos “ganadores” serán responsables de aplicar la Constitución que ellos mismos no acataron. Así de grave es la situación que priva en México en materia de impartición de justicia electoral.
Los magistrados consideraron que el Consejo General del Instituto no tiene atribuciones para “valorar nuevamente” los expedientes académicos de las partes actoras a fin de analizar si cumplían o no con el promedio y que, según los magistrados, sustituyeron indebidamente en el juicio técnico de los Comités de Evaluación, sin contar con una metodología propia y validada para realizar una valoración especializada. Una barbaridad lo resuelto por las autoridades judiciales electorales. Se impone la arbitrariedad y soberbia de los 3, sí, solo 3 magistrados, saben que nadie les puede modificar sus resoluciones, por pésimas y arbitrarias que sean.
¿La consecuencia de la abusiva resolución? Vinculan al Consejo General del INE a entregar las constancias de mayoría. Por mayoría de 3 simples votos de los magistrados Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata (tres contra dos) de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenaron al INE, entregar constancia de triunfo de mayoría a 15 candidatos ganadores, violadores de la Constitución, que participaron en la elección judicial y que habían sido bajados por no cumplir con el promedio académico de 9 en las materias de la especialidad para la cual se postularon; concluyeron que el INE carece de atribuciones para valorar el requisito académico previsto en la Constitución, pues ello correspondió a los Comités de Evaluación de los poderes de la Unión y, por tanto, tampoco debió decretar la vacancia en dichas contiendas. No importó que incumplieran con la Constitución. Criterios “jurídicos” pueriles.
Con argumentos legales y constitucionales los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora votaron en contra de revocar los acuerdos del consejo general del INE. La magistrada señaló que el instituto sí tenía facultades para hacer un análisis de elegibilidad posterior a los comicios del pasado primero de junio, pero lo hizo mal. Por supuesto que sí, nada sobre la Constitución, nada en contra de la Constitución. Además, las violaciones no quedaron ahí; los 3 magistrados oficialistas volvieron a torcer la interpretación de la ley. Nuevamente, en votación dividida, la Sala Superior dejó sin efectos las asignaciones a 4 candidatos ganadores hombres y se determinaron dar el triunfo a la mujer más votada en la respectiva contienda. El bloque de 3 cambió su criterio para reiterar la violación a la ley; votaron en contra los magistrados De la Mata y Fuentes; este último advirtió que manipular las reglas después de la contienda implica violar la certeza de la seguridad jurídica de la misma ¡Por supuesto! Ahora sí no permitió la violación de la ley, cuando antes sí la aprobó.
La mayoría de 3 magistrados electorales oficialistas, de la Sala Superior del TEPJF -su encomienda-, indudablemente es la de derruir el sistema jurídico mexicano, aplicando criterios inconstitucionales e ilegales; por lo tanto, claramente injustos, todo por favorecer al poder político. Y cómo no hacerlo, si ese poder político los favoreció con la permanencia en el cargo, ellos no serán removidos, ellos fueron ratificados ¿Coincidencia?