Afirmar que el juicio de Amparo puede ser usado como instrumento político y por ello limitar sus alcances, es una falacia jurídica. Terceros desconocidos impulsaron juicios de amparo en 3 estados de la República Mexicana, en los que, coincidentemente aparecen los nombres de los hijos del expresidente como promotores de los juicios, entre una docena más de nombres. El supuesto promotor del juicio, cuyos apellidos fueron puestos equivocadamente en las demandas, se desligó de dicha promoción; los hijos de López Obrador, también se apartaron de la demanda de amparo contra ordenes de aprehensión. El tema escaló a la mañanera, en la que, la presidente defendió a los vástagos y calificó de uso político la promoción del juicio; hasta ese momento ignoraban que existían 3 promociones en diversos estados, refiriéndose solo a uno de ellos.
Como si se tratara de nado sincronizado, la misma presidente había presentado al Senado de la República -en la semana del mes patrio-, una iniciativa de ley para reformar la Ley de Amparo, fundamentalmente en lo referente a las suspensiones que conceden los jueces de plano, cuando se trata de asuntos de trascendencia, como ordenes de aprehensión, como fue el caso de la demanda a la que atendió desde la mañanera la presidente Claudia Sheinbaum.
Nadie se hizo responsable de las demandas de amparo; sin embargo, los jueces concedieron suspensiones de plano por tratarse de actos que presumiblemente podrían afectar la libertad de los “amparistas”. A escritos carentes de firmas que no implicaban mayor trascendencia, escalaron a tema presidencial, al que se le calificó de asunto político para desprestigiar a los hijos de AMLO; mientras que nunca se mencionaron los nombres del resto de los involucrados en los escritos anónimos. El enfoque político lo enmarcó la presidente. Hasta aquí lo intrascendente del caso.
Lo importante y de vital relevancia, es la iniciativa que reforma la Ley de Amparo. Los mexicanos están a punto de perder un derecho fundamental de protección en contra de los abusos que cometen las autoridades de cualquiera de los tres niveles de gobierno. El juicio de amparo en México fue ideado por dos juristas liberales: Manuel Crescencio García Rejón, quien lo planteó jurídicamente en Yucatán en 1840 y Mariano Otero, quien lo formuló a nivel federal en el Acta Constitutiva y de Reformas de 1847, sentando las bases para su incorporación a la Constitución de 1857. Desde entonces la esencia del juicio se fortaleció en beneficio de los gobernados.
La iniciativa de ley presidencial indudablemente pretende despojar a los mexicanos del derecho de defenderse en contra de los abusos que cometan las autoridades, al desaparecer, literalmente, el beneficio de la suspensión, que consiste en suspender el acto reclamado, en tanto se resuelve el fondo del asunto.
En el Senado de la República, la bancada panista, por medio de su coordinador Ricardo Anaya, expresó que: “Los cambios más preocupantes se centran en limitar la suspensión del acto reclamado en áreas estratégicas para el Gobierno, como la materia fiscal, financiera y de deuda pública; en crear un régimen de privilegios para entidades estatales exentándolas de otorgar garantías”.
Por parte de quien fuera presidente de la SCJN, hoy miembro de la cuarta Transformación, Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, actual Coordinador de Política y Gobierno, dijo que los cambios buscan frenar abusos en la aplicación de esta figura jurídica y no limitar derechos ¿Por qué durante tantos años de impartir justicia en la materia nunca se quejó de abusos en los juicios de Amparo? Y agregó el falaz ministro en retiro: “Se está reiterando una narrativa de que esta reforma al amparo es regresiva y busca limitar el acceso de defensa de las y los mexicanos, esto es absolutamente falso. Tradicionalmente, las leyes de amparo se han venido modificando cuando hay abusos en ciertos sectores, por parte de personas que están utilizando la figura para violar la ley”. Cierto, mas nunca en perjuicio de los gobernados.
Sin defensa jurídica la pretendida justificación del exministro para debilitar la figura del amparo en perjuicio de los gobernados, reforma que será en beneficio de las autoridades. Si congelan ilegalmente las cuentas bancarias de un particular o de una empresa, por parte de las autoridades hacendarias, si bien se podrá interponer el juicio de Amparo, el afectado ya no podrá suspender el acto de autoridad reclamado y subsistirá hasta que se dicte sentencia definitiva. Vamos, suponiendo sin conceder que tuviera razón el ministro en retiro, por el “abuso de unos cuantos”, pretenden perjudicar a la totalidad. Aplican el sentido inverso el Derecho y todo por fortalecer las atribuciones de las autoridades.